Cuestión de fondo contra el DNU 70/2023: la justicia anuló los aumentos de una prepaga

La justicia anuló los aumentos de una prepaga a una afiliada por considerar que algunos artículos del DNU 70/2023 que permitían esos ajustes mensuales son inconstitucionales.
La decisión fue tomada por la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal y se dio a la par de otro fallo similar, tomado por la Cámara Federal de Mar del Plata ante un reclamo de un afiliado a la misma prepaga, que es Omint.
Ambas decisiones ya no son meras cautelares que suspenden los aumentos temporariamente sino fallos sobre la cuestión de fondo, que declaran que el mega DNU presentado por Javier Milei en el inicio de su mandato y ratificado luego por el Congreso, tiene artículos que son inconstitucionales.
Concretamente se trata de los artículos 267 y 269 que permitían que las prepagas aplicaran los aumentos que consideraran necesarios sin necesidad de estar regulados o aprobados por el Estado. Los jueces estimaron que al no tener autorización de la Superintendencia de Servicios de Salud, esos ajustes son ilegítimos.
Por otro lado, los jueces consideran que el DNU no cumple con el artículo 99 inciso 3 de la Constitución, que explica que los decretos sólo pueden dictarse en situaciones excepcionales y bajo ciertas condiciones. En ese sentido, el fallo afirma que no había emergencia sanitaria o económica y que la derogación del control de precios de la medicina prepaga podría haber sido debatida en el Congreso.
Por todo esto, la Cámara ordenó que las cuotas se recalculen a partir de las mediciones de inflación del Indec.