La justicia ordenó que no se suspendan los tratamientos de hormonización en menores

La justicia porteña le puso un freno al decreto 62/2025 que modifica la Ley de Identidad de Género y ordenó que se garantice la continuidad de los procesos de hormonización en menores de 18 años.
El fallo es de la jueza Elena Liberatori, que resolvió la cuestión a partir de un amparo presentado por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans. En su resolución, advierte que la medida vulnera derechos fundamentales de los adolescentes y por lo tanto es inconstitucional.
La magistrada además afirmó que «el DNU responde a la categoría de norma sospechosa de discriminación de género» y sostuvo que los hospitales y las clínicas que impiden que los adolescentes sigan los tratamientos caen en una «arbitrariedad e ilegalidad manifiesta». Además afirmó que lo dictado por el Gobierno «obstruye, perjudica y desconoce en su totalidad el derecho a la identidad de género respecto de su libre desarrollo, como así también el acceso a la salud y al respeto por ser diferentes».
Desde los organismos querellantes celebraron la decisión de la justicia pero reclamaron que pase lo mismo a nivel federal y no solo en la ciudad de Buenos Aires. Afirmaron que el decreto del Gobierno se aparta de todo principio de derechos humanos y que va contra el derecho a la identidad, la autonomía y la posibilidad de elegir y desarrollar un proyecto propio de vida.
Se espera ahora que el Gobierno apele la medida de la jueza Liberatori, conocida por sus fallos adversos a las distintas gestiones del PRO en la ciudad y ahora también a la gestión de La Libertad Avanza en la Nación.