Vuelteros 0KM

Vuelteros 0KM

Contratos largos, vendedores ausentes y la necesidad de tener una respuesta. En esta nota te contamos que hacer si compraste un 0km y te dan vueltas con la entrega.

Mauro está cansado de las idas y vueltas de una concesionaria de autos de la Ciudad de Buenos Aires. Hace unos meses firmó un contrato por un auto cero kilómetro, pagó la primer cuota, pero ya pasaron 3 meses y no tiene noticias de nada, “ni del plan, ni de la gente que me atendió”, contó a Defiéndase.

Fue en persona a las oficinas, mandó mails y llamó por teléfono, pero siempre le dicen lo mismo, “es un tema con los papeles”. Quiere saber qué puede hacer, y para responderle le consultamos al Dr. Esteban Otero, abogado especialista en contratos.

La concesionaria es quien le está vendiendo y prometiendo la transferencia de un vehículo, y son quienes deben cumplir ese contrato. “Ese contrato implica que a Mauro le entreguen un rodado con las características designadas en el tiempo y forma que se pactó”, señaló el abogado.

Cuando no se cumple un contrato en tiempo y forma, hay demora y eso implica un incumplimiento grave. Ahora, el comprador tiene dos posibilidades. La primera, pedir que se cumpla iniciando una acción judicial, y a eso que se le agregaran los daños y perjuicios de la demora. La segunda opción, dejar sin efecto el contrato.

Para dejarlo sin efecto, también tiene que intimarlo previamente. Con esa intimación se le da a la otra parte un plazo de tiempo para que cumpla. Si aún no cumplen luego de esa medida, el contrato queda sin efecto, lo que habilita a la parte compradora a exigir la restitución de lo abonado, más los intereses de esos pagos mientras no estuvieron en su dominio, y reclamar los daños y perjuicios por el incumplimiento.  

El consejo que damos desde Defiendase, es que a la hora de intimar se haga con un abogado. Porque si la intimación está mal hecha no tiene efectos. 

“Si esto se encuentra en el ámbito de los contratos de consumo porque el que está comprando lo hace para su uso personal, o su grupo familiar, tiene habilitadas todas las vías procesales en materia de derecho de consumo”, explicó Otero.

Además el abogado detalla que cuando alguien compra en la concesionaria un vehículo para utilizar en su negocio, el contrato no es de consumo, tiene que acudir a un abogado y deben llevar la causa por la vía ordinaria porque es un reclamo entre iguales.

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