Nadie se atreva a volver a tocar a mi vieja

Nadie se atreva a volver a tocar a mi vieja

El pueblo debe gobernar únicamente a través de sus representantes. Y ellos, definir lo mejor para la gente, sin especulaciones políticas ni conspiraciones peligrosas para la república. Por Luis Otero. 

Mi vieja es una jubilada. toda su vida laburo sin parar
toda su vida laburo sin parar

Nadie se atreva, a tocar a mi vieja
porque mi vieja, es lo mas grande que hay

LOS JUBILADOS Y UNA LUCHA INTERMINABLE (Video Defiéndase.com)

 

Lo que decía el inolvidable Pappo Napolitano en su canción, nos pasa a todos . De sólo pensar que otra vez pueden tocarle el bolsillo a los viejos, nos causa rechazo visceral. Es natural, es lógico. Otra vez?.

Paso tantas veces, siempre, supuestamente, en aras de que tengan una jubilación mejor, que el solo hecho de que se hable de un cambio en los cálculos para fijar la famosa movilidad que garantiza la Constitución Nacional, hace que sospechemos de que OTRA VEZ , son la variable de ajuste de la situación económica y las necesidades de la coyuntura.

No es para menos. Laburaste toda la vida, y cuando vas a descansar, no lo podés hacer dignamente porque al final, dependés de la ayuda de tus hijos, a quienes vos tendrías que estar ayudando.

Toda la vida laburó sin parar, creyendo en que algún día iba a dejar de hacerlo, para cobrar más o menos lo mismo? el 82 por ciento móvil porcentajes que establecía la vieja ley 18037.

Ley cuyo esquema de «enganche» entre el haber de actividad y el de pasividad, empezó a desengancharse desde la época de Raúl Alfonsín, porque las cuentas no cerraban.

En tiempos de Raúl, empezaron los reclamos administrativos a la caja de jubilaciones, Hoy Anses, porque las cuentas no daban para pagar como la ley mandaba. De la deuda externa sólo se pagaban los intereses, que aumentaban la deuda, porque en la dictadura se habían asumido cuentas impagables, y el FMI, que mucho no ayudaba a salir, aunque había sido testigo del creciente endeudamiento «de facto». Patria financiera, Patria contratista, que no habían resignado posiciones, desde el gobierno de Isabel en adelante, por lo que «imagínate quien iba a garpar la fiesta. Con la deuda pública y privada, se mandaron un licuado, y el haber jubilatorio, empezó a frenarse, en comparación con el sueldo de actividad, lo que habilitó otra industria». La del Juicio Previsional por reajuste del haber jubilatorio. El decreto 648 de 1987 fue el comienzo del sistema judicial previsional abarrotado de carpetas, de jubilados dignos con una jubilación indigna que reclamaban que se hiciera justicia con ellos, después de una vida de trabajo.

Primero el decreto 2196 de 1986 declaraba la emergencia del sistema previsional ¿te suena , no? Con eso se suspendieron los pagos de las sentencias firmes.

Atrás vino el 648. Que en sus considerandos decía:

«Que el dictado e implementación del citado decreto, declarando el estado de emergencia económica en el Sistema Nacional de Previsión Social ha permitido en una primera etapa detener el progresivo deterioro que venía produciéndose en dicho sistema, a raíz de la crítica situación económico-financiera la cual se hubiese agravado en caso de no existir dicho cuerpo normativo. Que evaluadas entonces las disponibilidades existentes en materia de recursos y su asignación a los requerimientos del sistema previsional, se ha elaborado un plan inspirado en la voluntad firme de lograr, equitativa y racionalmente, soluciones graduales a los problemas que lo aquejan.»

Establecía un esquema de cálculo para compensar las diferencias entre los haberes de actividad y la jubilación efectivamente cobrada, y un sistema de acogimiento voluntario.

Pero muchos jubilados siguieron haciendo juicios, para lograr que se reconozcan sus derechos y no se les toque el haber jubilatorio.

Igualmente, el decreto paralizó las ejecuciones de sentencias. Alfonsín quería pagar, pero no podía.

Cuando la Corte iba a declarar inconstitucional este decreto, salió la ley 23.568 que estableció el pago de sentencias judiciales dentro de los tres años, el 50 por ciento en los primeros 18 meses y el otro 50 por ciento en los segundos 18 meses.

El gobierno de Menem no sólo profundizó el esquema sino que además creó el sistema de capitalización con las AFJP. (administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones) El sistema no funcionaba. No porque no hubiera sido eficiente per se, sino que los fondos no alcanzaban? en muchos casos se destinaron para otra cosa, y los jubilados se quedaron sin resto para que les paguen lo que merecían.

Menem primero ofreció a los jubilados que reclamaban reajustes, un convenio para pagar las sentencias que se acumulaban en 15 cuotas, pero con una quita.

Aquel presidente que en la campaña había prometido medidas de corte social, contra Angeloz, que prometía privatizar? paradójicamente estaba haciendo lo contrario, y había parido el «Menemismo» en su pura expresión un barco cuyo capitán estrella fue DOMINGO FELIPE CAVALLO.

Cavallo anuló el plan ofrecido por Menem, y les empapeló las esperanzas a los jubilados con bonos a diez años con los que los jubilados empezaban a cobrar algo dentro de siete años. Demás está decirte lo que pasó. Los jubilados tenían que vender los bonos, y sólo recibían el 30 por ciento del valor.

Los que hicieron negocio en esa época son los que tenían guita para comprar los bonos, y lo que adquirieron al 30% lo terminaron cobrando el ciento por ciento en dólares y un poco más también.

Este negoción lo hicieron a costa de los jubilados. Los que hicieron laburar a la plata, se llevaron la ganancia con lo que perdieron los que laburaron toda la vida. A full, la patria financiera era el sueño argento.

Aquel ministro al que Norma Pla ( 450!!!? 450!!!!? sus gritos todavía resuenan en mi memoria, con esta mujer que simplemente pedía que le paguen una jubilación digna) consoló un día al Mingo pidiéndole que no llore.
https://ar.video.search.yahoo.com/search/video?fr=mcafee&p=cavallo+llorando+con+norma+pla#id=1&vid=5465d44b8fdf4f104a2a01049ad930eb&action=click

Cavallo no debe haber podido enfrentar ni la foto de su padre, el que aportó toda su vida, y la jubilación no le sirvió como beneficio. O sí, total hoy sigue explicando su gestión incendiaria del país como si hubiera sido maravillosa.

82 por ciento móvil volvían a reclamar los que dicen defender los derechos de los jubilados.

(Te recuerdo que por esas épocas Duhalde, era vice de Menem, y aceptó todo eso que hizo el «Carlo», aunque luego proponía otra cosa)

82 por ciento móvil, siguen diciendo hoy muchos. Y me encantaría que se cumpla, por todos los que se jubilan y padecen el beneficio, aunque por ahora seguimos hablando de otro tema.

En el 93 por ley 24241 Menem creó las AFJP con el sistema de capitalización, que nació para corregir «las graves dificultades del sistema público de reparto», ( cuyo problema, como dijimos no era el sistema sino cómo lo vaciaron y mal administraron, nunca en favor de los jubilados, sino en función de las necesidades de gobiernos de turno) sistema de capitalización que ya no existe más, desde el 2008?. ( ley 26425, gobierno de Cristina Kirchner) con numerosos beneficiarios varados en el limbo, que han vivido una pesadilla en el medio de estos cambios.

Pero faltaba De la Rua en el medio. Porque de los decretos de freno a los pagos de sentencia y eternas apelaciones hasta la corte suprema de justicia de la Nación, que cruelmente no tenían otro objetivo que dejar pasar el tiempo para que los abuelos se cansen o no lleguen a cobrar nunca. ( aunque sus herederos luego tuvieran que hacer otro trámite, la sucesión, para poder seguir el juicio, lo cual agregaba más tiempo al tiempo)

La novedad en el caso, fue el descuento liso y llano. Así nació el decreto 926 del 2001 anunciado por la entonces ministra de trabajo Patricia Bullrich. Los jubilados que cobraran mas de $574 iban a sufrir un descuento del 13 por ciento en sus haberes . Para que los números de Cavallo cierren, había que bajarle la guita a los jubilados.

El descuento sólo alcanzaba a las jubilaciones más altas, al 16 % de los jubilados, aunque la cifra 16 años después, parezca ínfima, por la distorsión de valores que ha sufrido nuestro país. Esa cifra en aquella época, equivalía a 574 dólares. ( hoy aproximadamente 10 mil pesos… Ponele) El sistema de ajuste del gobierno de la Alianza estableció un esquema de compensaciones, pero dependía de las «posibilidades presupuestarias» (se entiende?). Lo que vino después, está escrito con mucho dolor en nuestra historia, y es inolvidable. Debería constituir un aprendizaje que nos impida repetir el error como sociedad.

Cuando asumió Nestor Kirchner, el tema de nuestros jubilados ya estaba en manos de la Comisión Interamericana de derechos Humanos. Ya que los derechos de los jubilados están protegidos además de por la Constitución Nacional ( art. 14 bis) por la Convención Americana de Derechos Humanos.

El 17 de octubre de 2003 el Gobierno Nacional, se presentó ante la comisión y aceptó en nombre del Estado que había una situación muy complicada. Entonces se inició un proceso de solución amistosa para resolver el tema, y aunque en lo normativo se pretendió resolver, en los hechos, los abogados de la Anses seguían apelando hasta la corte los fallos en contra del gobierno por los reajustes, y los jubilados siguieron iniciando juicios eternos, que contaban con la segura actuación dilatoria de los abogados del estado. Y los juicios se hicieron prácticamente interminables.

El gobierno de Néstor se comprometió a pagar sentencias en 120 días. Pero no cumplió. Cristina siguió por el mismo camino, agregando el cálculo de la movilidad con una complejidad que más adelante le dedicaremos un párrafo aparte.

A la vez, el kirchenrismo le sumó mucho peso al sistema con jubilaciones y pensiones que se otorgaron en condiciones diferentes a las que originalmente establecía la ley. Con toda justicia, pero con el riesgo de desfinanciar el sistema a mediano plazo.

Luego llegó la «reparación histórica» Del gobierno de Cambiemos, y la celebramos como paso previo a una revisión integral del sistema previsional, y el «temita» aún no resuelto de la movilidad.

Es más, si bien la reparación histórica ha sido un éxito de adhesión para el gobierno, hay abogados que aún recomiendan seguir con los juicios, por lo que el problema de los reclamos de reajuste de los años anteriores, en parte persiste.

Por los procedimientos que acuñó Cristina, un laburante que se jubila hoy percibe alrededor del 70 % de lo que ganaba en actividad, con un cálculo complicado que se compone de la prestación básica universal, más la prestación compensatoria, más la prestación adicional por permanencia, más el coeficiente de movilidad que se aplica dos veces por año, en marzo y septiembre, y se basa en la elección de una de dos fórmulas. ( y de los dos resultados, se elige el que da menos aumento) Esto se estableció como te decía, por ley 26417 del 1 de octubre de 2008, gobierno de Cristina.

ELLA VETO EL 82 % MOVIL. A pocas horas de su aprobación en el Congreso, la presidenta Cristina Kirchner vetó la ley que garantizaba el 82 por ciento móvil para la jubilación mínima y acusó a sectores de la oposición de buscar «la quiebra de la Argentina».

DIJO: «He vetado esta ley de quiebras que ayer sancionó el Parlamento»

A Ella en su momento tampoco le cerraban las cuentas, y las jubilaciones fueron la variable de ajuste presupuestario y la historia se iba a volver a repetir.

La fórmula «a» se basa en un cálculo que tiene como base el promedio de la variación de los recursos tributarios (exceptuando aportes eventuales del Tesoro a la Anses) y el mayor de dos índices salariales: el general de salarios elaborado por el Indec, o el Ripte (Remuneraciones Imponibles Promedios de los Trabajadores Estables) publicado por la Secretaría de Seguridad Social.

La otra fórmula, es la alternativa «b». Esta fórmula tiene en cuenta la variaciones de los recursos totales por beneficio de la Anses , también exceptuando eventuales aportes del Tesoro Nacional.

Si ya te contracturaste, tomate un ibuprofeno y seguimos. Imaginate a esta altura mi contractura. Tengo 34 años de aportes en relación de dependencia, y 30 como abogado; y todavía me faltan varios cambios de sistema seguramente. Porque a todos nos llega el «beneficio» ( si, parece chiste, pero le siguen llamando ?beneficio?)

Lo cierto es que aún con estas fórmulas, y movilidades establecidas por ley, los juicios por haberes mal liquidados siguieron, y las apelaciones de los abogados del gobierno también.

Y llegamos a la discusión actual, la reforma del cálculo de la movilidad, ( que no es la reforma previsional que se merecen los argentinos, todavía) que ha generado una gran resistencia de sectores que en su momento, acompañaron las otras reformatio in pejus ( cambios en perjuicio) de los jubilados.

El proyecto ya aprobado por senadores y que tiene media sanción establece que el cálculo de la movilidad de los haberes se haga en base a una combinación de un 70% del índice inflacionario y un 30% de la variación de salarios, ya que el PJ insistió con que ?la mejora para los jubilados sería insignificante». Es decir, en el senado tuvo el acuerdo del PJ no kirchnerista, y así salió.

La ley que ya tiene media sanción, propone también el establecimiento de una garantía adicional para los haberes de jubilación equivalente al 82% del Salario Mínimo, Vital y Móvil para aquellas personas que hubieran cumplido los 30 años de servicio, con aportes efectivos. Al mismo tiempo, se otorga la posibilidad de extender la edad jubilatoria a los 70 años, para el sector privado, en forma optativa, sea el trabajador hombre o mujer. ( es probable que muchos utilicen la opción en el futuro, para evitar recibir el ?beneficio? jubilatorio. Seguirán laburando mientras cantan por lo bajo. Yo no soy jubilado , ni lo quiero ser, porque a los jubilados los van a jod…)

En todos los casos el cálculo, para no ser inconstitucional, ( ya que luego deberá confrontarse con los criterios del Poder Judicial) no podrá salirse de lo ya acordado por la Argentina en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y solamente lo sabremos cuando se aplique en la realidad.

El Pacto de San José de Costa Rica deja claras las pautas, pero también establece un criterio progresivo para el cumplimiento de estas pautas en su artículo 26. Esto quiere decir, que se va a cumplir, «en la medida de los recursos disponibles». O sea, si no cierran los números. La movilidad está complicada.

Si comparás esta pauta con la sabia norma del artículo 14 bis de la Constitución Nacional, queda claro que hay mucho por hacer. Dice nuestra constitución «El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.»

En la medida de los recursos disponibles. Ya quedó aclarado.

Con un índice de evasión enorme como el que tenemos, y el trabajo en negro institucionalizado como recurso va a estar difícil financiar las jubilaciones, para que nuestros abuelos no vivan la amargura de la ingratitud de una sociedad que les debe una retribución justa, por toda una vida de sacrificios.

Luego de episodios violentos la reforma previsional fue aprobada y es ley. 

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