La Justicia anuló el aumento del 220% de una prepaga a una chica discapacitada

La Justicia anuló el aumento del 220% de una prepaga a una chica discapacitada

La Justicia de San Martín emitió un nuevo fallo que frena los aumentos en las cuotas de una prepaga, esta vez en favor de una menor discapacitada. La medida fue pedida por la madre de la chica, que pasó de pagar en diciembre una cuota de 123.386 pesos por mes a pagar en marzo 394.858 pesos.

La cautelar es contra la empresa Cobermed. La jueza Martina Forns le ordenó que «se abstenga de aplicar los aumentos realizados al plan asistencial». La magistrada atendió al hecho de que la madre gana 337 mil pesos por mes como docente y resaltó que «se halla en juego la subsistencia del derecho a la salud de una niña con discapacidad». Además sostuvo que el de la chica «es un derecho de principal rango en el texto de la Constitución Nacional y en los tratados internacionales de jerarquía constitucional».

Por tal motivo, dispuso que la prepaga aplique «un aumento con un tope de 8,51% desde enero y por cada período subsiguiente, hasta tanto se dicte sentencia definitiva». El fallo cita a la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que reconoce que «el niño mental o físicamente impedido deberá disfrutar de la vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, le permitan bastarse a sí mismo y faciliten su participación en la sociedad».

Según Manuel Luaces, abogado de la demandante, el aumento que buscaba aplicar la empresa de medicina prepaga “es discriminatorio y tenía como finalidad expulsar a la chica de la cobertura”. Luaces detalló que la chica tiene una discapacidad severa, está postrada, no puede alimentarse por sus propios medios y tiene serias dificultades respiratorias.

Según el letrado, el aumento del 220% es desproporcionado porque en diciembre, cuando el ajuste fue del 39,7% para el resto de los afiliados, a su clienta se le aplicó un incremento del 77% y, pese a que se pidieron explicaciones, la empresa no brindó las razones de esa suba.

Luaces explicó que a partir del DNU de Milei, las empresas de medicina prepaga pueden establecer aumentos sin pasar por la Superintendencia de Servicios de Salud y sin fundar esas subas en la variación a la estructura de costos ni en un cálculo de variación de riesgo.

Esta desregulación y liberalización del sector de la medicina prepaga perjudica, según el abogado, principalmente a tres grupos: a los adultos mayores, a las personas con enfermedades crónicas y a los discapacitados.

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