Un fallo que redefine la compensación económica tras un divorcio

Un fallo que redefine la compensación económica tras un divorcio

La Justicia de La Plata dictó una sentencia que redefine los criterios para fijar la compensación económica tras una ruptura matrimonial. La Cámara de Apelaciones modificó un fallo de primera instancia y extendió a cinco años el plazo en el que un hombre deberá transferirle una suma mensual a su expareja, bajo un esquema de montos decrecientes y ajustados al Salario Mínimo.

El caso llegó a la Cámara luego de que la mujer apelara la sentencia del juzgado de familia, que había establecido un beneficio de 1,875 salarios mínimos por un período de 3 años. La demandante argumentó que ese plazo resultaba insuficiente para revertir el desequilibrio patrimonial y la postergación laboral que sufrió debido al tiempo que dedicó a la crianza de los hijos y a las tareas del hogar durante el matrimonio.

Al revisar la causa, los magistrados de la Cámara validaron los reclamos de la mujer pero optaron por establecer una forma de pago progresiva para evitar que la medida se transforme en una asistencia de por vida. El nuevo esquema determina  que los primeros 36 meses el hombre deberá pasarle el equivalente a 1,875 salarios mínimos y que los siguientes 2 meses la cifra se reducirá a un solo salario mínimo.

Con esta división en dos etapas, los jueces buscaron equilibrar las realidades económicas de ambas partes tras el divorcio, aclarando que el propósito de esta figura legal no es igualar los patrimonios de manera permanente ni fomentar una dependencia indefinida. Según explicaron en los fundamentos del fallo, la reducción escalonada a partir del cuarto año tiene como finalidad incentivar de forma gradual el camino de la mujer hacia su propia autonomía financiera.

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