Rechazo de Gil Lavedra y otros juristas a la llegada de Lijo y García Mansilla por decreto a la Corte

Rechazo de Gil Lavedra y otros juristas a la llegada de Lijo y García Mansilla por decreto a la Corte

En la previa de la sesión en el Senado donde la oposición amenaza con rechazar los pliegos de los jueces Ariel Lijo y Manuel García Mansilla, nombrados por DNU presidencial en la Corte Suprema, el titular del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal Ricardo Gil Lavedra sostuvo que «las designaciones por decreto lesionan la independencia judicial».

Las declaraciones fueron en el marco del encuentro «Jueces por decreto: el rol del Senado en la protección de la independencia judicial», que contó con la presencia distintos juristas, especialistas, académicos y organizaciones de la sociedad civil que trabajan en el ámbito de la justicia.

«Un juez provisorio, un juez transitorio y precario, no puede ser independiente porque su permanencia o no está supeditada a quién maneje el poder político», explicó Gil Lavedra que advirtió que lo que se va a debatir el jueves en la Cámara Alta no es si un Juez de la Corte puede ser nombrado en comisión sino «si ese mecanismo excepcional puede utilizarse en circunstancias que no son excepcionales».

Desde la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), una de las organizaciones que participó del debate, se pronunciaron en sintonía con Gil Lavedra. «Si esto se acepta, cualquier Presidente podría nombrar un juez de la Corte en cada receso de su mandato, evaluando año tras año si el juez continúa siendo funcional a sus intereses o si conviene reemplazarlo. Esto convierte la inestabilidad en la norma y arrasa con la independencia judicial. Ya no existirá un procedimiento ordinario y uno de excepción, sino dos igualmente válidos entre los que podrá elegir el Presidente», indicaron.

También se abordaron el caso puntual de García Mansilla, que ya juró en la Corte y cuyo pliego podría ser rechazado este jueves. El propio juez había sostenido que, como ya integra el tribunal en comisión y por un año, no va a renunciar si su pliego no tiene el apoyo de los senadores y sólo podrían sacarlo con un juicio político.  «Si para que una persona integre la Corte se requiere el acuerdo del Senado, el rechazo de ese acuerdo le impide integrar la Corte. Si ya asumió, debe volver a su casa; si no asumió, ya no podrá hacerlo. No hay una mitad de la biblioteca jurídica para un lado y la otra mitad para el otro» advirtieron desde ACIJ.

El encuentro terminó con un fuerte cuestionamiento al procedimiento de Javier Milei. «La pregunta entonces es si aceptamos vivir en un país en el que un Presidente pueda designar jueces de la Corte del mismo modo en que designa a un ministro o secretario del Poder Ejecutivo». La respuesta la podría tener el Senado en unas horas. 

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