La avivada que no fue

La avivada que no fue

Oil Combustibles S.A., una de las tantas compañías del empresario kirchnerista Cristobal López, solicitó que el legajo de la sociedad fuera trasladado a la provincia de Chubut. Esto entorpecería la investigación que se efectúa sobre dicha empresa. La IGJ impidió la mudanza.

El día 5 de abril de 2016, la Inspección General de Justicia, dispuso rechazar una presentación efectuada por Oil Combustibles S.A. el día anterior por la que pretendía que el organismo, disponga la remisión del legajo de la Sociedad a la Inspección General de Justicia de la Provincia de Chubut, Delegación Comodoro Rivadavia”. , y se la comunicó fehacientemente al Dr. Alberto Abad, al Inspector General de Justicia de Chubut, al Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo Nº 2, y al Juzgado en lo Penal Económico Nº 11.

                          En la decisión adoptada, el Titular de la Inspección General de Justicia, Sergio Brodsky, entendió que acceder a lo solicitado por la Sociedad constituiría una intromisión o un entorpecimiento con la investigación que se está llevando adelante en sede judicial, con motivo de la denuncia penal promovida por la Administración Federal de Ingresos Públicos por la presunta infracción a la Ley N° 24.769, y ello así, en tanto que según sostiene en su Resolución, el obrar de todo funcionario, no solo debe llevarse a cabo en razón al ordenamiento vigente, sino que también, debe tenerse en cuenta al momento de decidir un interés público primario y superior, que debe ser ponderado, puesto que cualquier temperamento por acción o por omisión podría entorpecer la investigación penal, que es de dominio público, al mismo tiempo, que podría entrar en colisión con el principio de juridicidad que debe estar presente en el obrar estatal, con todos los efectos que ello causaría.

                      La Inspección General de Justicia, envió el expediente al Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 11, que es el Tribunal que lleva adelante la pesquisa contra el Grupo Indalo, en virtud de la denuncia efectuada por la Administración Federal de Ingresos Públicos, y remitió copias certificadas al Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo Nº 2, ante la eventual posibilidad que la presentación recibida en el organismo pueda eventualmente constituir una violación a lo decidido por ese Tribunal.

Resolución de la IGJ impidiendo la avivada


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