Ante las demoras en la definición salario mínimo, la cuota alimentaria se ajusta por el índice de crianza
En medio de las idas y vueltas por la suba del Salario Mínimo Vital y Móvil, que después de muchas dilaciones fue fijado por decreto en 180 mil pesos hace pocas horas, la justicia de Río Negro resolvió ajustar la cuota alimentraria en base al Índice de Crianza del Indec, que se actualiza mensualmente y refleja mejor la evolución del índice de inflación.
La decisión fue tomada por un Juzgado de Familia de la ciudad de Viedma. La jueza consideró que como el salario mínimo, que se toma muchas veces para estipular la cuota, no había sido actualizado hasta el momento del fallo por el Gobierno, se podía tomar como referencia el índice de crianza del Indec.
Según el escrito, tomar ese índice, que es un valor de referencia para saber cuánto cuesta alimentar, vestir, garantizar vivienda, trasladar y cuidar a los niños y adolescentes y tiene diferentes valores según las edades de los chicos, «es la mejor solución y la que resulta mas beneficiosa al interés superior de la niña, dado el contexto actual imperante en el país, el proceso inflacionario existente».
Según el fallo, el deudor, que estuvo preso por violencia de género y no había cumplido con la cuota alimentaria durante 8 años, debe afrontar una obligación que, a partir del índice elaborado por el Indec, ascendía a 242.918 pesos por mes.