Fallo a favor de un deudor UVA en CABA

La justicia de la Ciudad de Buenos Aires limitó a un banco y ordenó que le cobre a un jubilado una cuota que no supere el 35% de sus ingresos por un crédito UVA. Además pidió que se cambie el sistema de cálculo de las cuotas y se reemplace la actualización por inflación por el Coeficiente de Variación Salarial.
Este fallo, que sienta un precedente y podrá ser utilizado en futuros reclamos, tomó en cuenta la vulnerabilidad del jubilado y entendió que las cuotas tuvieron un crecimiento desproporcionado. La primera cuota representaba el 11% de los ingresos del deudor y ahora demanda casi el 47% de lo que cobra.
La demanda fue presentada bajo la teoría de la imprevisión, que permite la revisión de un contrato cuando su cumplimiento se vuelve imposible debido a circunstancias extraordinarias, del esfuerzo compartido y de la protección del consumidor vulnerable.
En esta línea, el juez sostuvo que este tipo de créditos UVA se promocionaron en base a unas expectativas de baja inflación que después no se cumplieron.
Aunque la decisión es sólo para este caso, sus argumentos pueden ser tomados en cuenta en futuras resoluciones, siempre atendiendo la particularidad de cada situación.