El mal uso de la Cuota Alimentaria
Pedro se divorció de Marta hace dos años y no sabe porque a ella no le alcanza la plata que él le pasa para su hijo. Nos envió sus dudas y en esta nota las respondemos con la opinión de un especialista.
Eduardo Sambrizzi es abogado especialista en derecho de familia y respondió la consulta de Pedro. Hubo un cambio con respecto al viejo Código Civil. Cambio sobre todo en el tema de los divorcios, porque antes se podía decretar la culpabilidad de uno de los cónyuges y si tenía bienes suficientes tenía la obligación de pasarle alimentos al otro si era necesario. Ahora, en cambio, el tema de los alimentos en el divorcio es mucho más restrictivo.
La cuota alimentaria entre ex cónyuges
Hoy se pone un límite máximo que es la cantidad de años que duró el matrimonio para el caso en el que se requiera alimentos por una cuestión de necesidad. Como ya no hay más culpabilidad en el divorcio nada tiene que ver el pago de alimentos ya, sino que se hace si uno de los cónyuges requiere una gran necesidad entonces el otro tendría la obligación de dárselos por un periodo de tiempo.
En caso de que el cónyuge tuviera una enfermedad preexistente al divorcio también tiene derecho a reclamarle al otro los alimentos. Acá ya no hay ninguna limitación en cuanto a los años del matrimonio.
Respecto al matrimonio, ambos se deben alimentos. Es una obligación recíproca. También, con la implementación del nuevo Código se estableció que durante la separación de hecho de los cónyuges también se deben alimentos, pero en tanto y cuanto, uno de los dos lo necesite y el otro pueda prestarlos.
La cuota, con los niños menores
En cuanto a los menores la norma no cambio demasiado. Se explicitó lo siguiente: para los menores de 21 años, los padres tienen la obligación de prestar alimentos a los hijos salvo que el hijo tuviera bienes suficientes, o ganará suficiente como para mantenerse a sí mismo.
Además, los hijos tienen el derecho de reclamarle alimentos a los padres desde los 21 hasta los 25 en tanto y cuanto por sus estudios no pudieran trabajar y necesitaran esos alimentos. La condición no es solo estudiar, sino además que deben seguir una carrera en forma regular y no ser un estudiante crónico, porque este último no tiene derechos. No es cuestión de inscribirse en una universidad y pedir alimentos hasta los 25.
En el mail que Pedro envió a Defiendase, señala que paga puntualmente todo, la cuota alimentaria, las expensas y el club de su hijo. Explicó que su ex pareja hace dos meses debe la cuota del colegio, y qué no sabe qué hace ella con el dinero que él le da para Ezequiel. ¿Qué puede hacer ante esto?
La madre debe arreglarse de alguna manera con la plata que le pide al padre de su hijo. Si no le alcanza tiene que iniciar un juicio por modificación de la cuota de alimentos. Pero mientras no se abre una sentencia de modificación de la cuota el padre tiene que seguir pagando lo mismo, explica el Dr. Sambrizzi.
Además, él no puede dejar de pagar la cuota porque la madre utilice la plata en otra cosa. Lo que tiene que hacer es plantear judicialmente la cuestión y que el juez resuelva. Si hay una cuota alimentaria el padre la debe seguir abonando.
Pedro dice que ella usa ese dinero para comprarse ropa, ¿le puede plantear eso al juez?
Lo puede plantear para que el juez la llame y arregle las cosas en una audiencia, pero ella no puede pedir más plata, si la que se le da para el hijo la utiliza ella. La responsable es ella y se tiene que hacer cargo del nene.
Los dos padres tienen la obligación de pagar alimentos, no uno solo. Lo que pasa es que el padre que no tiene la tenencia tiene mayor obligación porque se supone que el otro detrae parte de su tiempo laboral para ocuparse del hijo. Este último tendría menos obligaciones en cuestión de monto alimentario.
También hay que tener en cuenta los ingresos de cada uno. No es lo mismo que uno tenga ingresos elevados o no. A lo mejor, la madre que está viviendo con el hijo tiene unos ingresos muy elevados y el padre vive con lo justo teniendo un sueldo mínimo. En ese caso, el padre puede hacer lo posible en colaborar con algo mientras pueda seguir viviendo, sobre todo si la madre tiene bienes suficientes.
El papá de este chico nos pregunta si puede cumplir con la cuota comprándole determinada cantidad de paquetes de comida, ropa y pagar él las cuotas del club y del colegio.
Eso no lo puede hacer directamente. La obligación que tiene en principio es entregar la cantidad de dinero que resolvió el juez. Si quiere hacer eso debe presentar un escrito, informarle al juez lo que ocurre y pedir una autorización para que él pueda hacer los gastos necesarios.
Él no puede cambiar el modo de pago de la cuota alimentaria sin autorización del juez. Tiene que seguir pagando el dinero salvo que acuerde con la madre pagar el colegio, el club o la cuota de la entidad de medicina prepaga en la que estén.
¿Puedo exigir que mi ex mujer empiece a trabajar?, preguntó el papá.
Por lo pronto hay que ver la situación de Marta. Hay que ver si puede trabajar, qué edad tiene y si consigue trabajo. De cualquier manera, si ella puede trabajar, es joven y no tiene ningún impedimento para hacerlo y no lo hace, el juez lo que puede hacer a pedido de Pedro es rebajar la cuota alimentaria si la madre no se hace cargo de ningún pago.
Esto siempre debe ser por medio de un juez o por acuerdo de las partes. Si el ex marido acuerda con la ex mujer no hay problema, siempre y cuando no sea en desmedro del hijo que, cuyo interés superior debe tenerse en cuenta, finalizó el abogado.