Ya rige la baja de la edad de imputabilidad
El Gobierno reglamentó la reforma de la Ley Penal Juvenil, que baja la edad de imputabilidad y a partir de ahora permite juzgar a menores de 14 años por distintos delitos e imponerles penas de reclusión.
La ley fue aprobada por el Congreso el 27 de febrero y este fin de semana se cumplieron los 180 días previstos en el texto para que entrara en vigencia.
Cabe aclarar que la legislación no aplica penas de prisión en todos los casos, sino que contempla una graduación de sanciones según la gravedad del delito. Se puede ir desde amonestaciones formales, restricción de acercamiento, tareas de utilidad comunitaria, tobilleras electrónicas y reparación económica o simbólica del daño hasta penas que impliquen la pérdida de libertad. Pero queda expresamente prohibida la prisión perpetua. En los casos de extrema gravedad, el límite máximo fijado por la norma es de 15 años de encarcelamiento.
El objetivo de la nueva normativa es promover el desarrollo de la responsabilidad penal en el adolescente, priorizando herramientas pedagógicas y de reintegración comunitaria.
Para esto, la reglamentación crea el Registro de Supervisores. Estos profesionales actuarán como nexo directo entre los jóvenes imputados y los jueces y deberán mantener entrevistas semanales con los adolescentes, detallando su evolución en distintas áreas consideradas claves para reinsertarse socialmente.
Por último, los pabellones donde sean alojados quienes reciban penas de reclusión serán sólo para menores y no podrán mezclarse nunca con la población adulta de las prisiones.
Con esto, entró en vigencia un cambio clave que era reclamado por un sector importante de la población y cuestionado por otro. Habrá que ver en la práctica si logra reducir los hechos de inseguridad, sobre todo en el conurbano bonaerense, donde las bandas de adolescentes asolan los barrios y atacan impunemente a los vecinos.
