No es el padre biológico, pero debe pagar la cuota alimentaria
La justicia de Río Negro estableció que un hombre que crió a una nena pero no es su padre tiene que hacerse cargo de la cuota alimentaria.
La beba llegó a la casa de una hermana de su mamá biológica cuando tenía solo 18 días de vida. La mujer, que es en definitiva su tía, la crió junto a su pareja durante los siguientes 11 años. Pero después se separó del hombre, que se fue de la casa y se desentendió completamente de los gastos de crianza de la chica.
Un tribunal de Cipolletti consideró que si bien no hay un vínculo biológico, el hombre ejerció como figura paterna y debe hacerse cargo como tal, sobre todo porque la situación económica de su ex pareja es frágil y pone en riesgo el bienestar de la niña. La mujer sólo tiene un trabajo de 4 horas y complementa sus ingresos vendiendo viandas.
El concepto que fundamenta el fallo es el de «socioafectividad», aplicado a las nuevas familias diversas. Desde el tribunal explicaron que esta denominación va más allá de las cuestiones legales tradicionales basadas en los vínculos de sangre y reconoce el compromiso de las relaciones de crianza basadas en el afecto y el cuidado como punto de partida para establecer obligaciones formales. Por eso los jueces consideraron que el hombre tiene una responsabilidad financiera con la nena por su vínculo de más de una década con ella ejerciendo como figura paterna.