Ni celular ni peleas para un deudor

Ni celular ni peleas para un deudor

En otra medida ejemplificadora contra los deudores alimentarios, la justicia de Río Negro dispuso que un padre que no se hace cargo de la cuota de manutención de su hija no pueda tener una línea de celular a su nombre mi tampoco entrenar en el gimnasio o concurrir a las peleas regionales de kickboxing de las que es habitué.

El fallo fue firmado por una jueza del Fuero de Familia de Cipolletti y se suma a las alternativas que toma la justicia para poner contra las cuerdas a quienes no cumplen con las obligaciones para con sus hijos. En este sentido, ya hay antecedentes en otras provincias donde, por ejemplo, la cuota fue cargada en las boletas de luz y agua del deudor o se le impidió a los incumplidores asistir a la cancha del club del que eran socios.

El Código Civil le da a los jueces estas herramientas en el artículo 553, que permite imponer «medidas razonables para asegurar la eficacia de la sentencia».  En este caso, el padre de la nena debía varias cuotas y la jueza detectó que una de las pasiones del hombre eran los combates de kickboxing y el entrenamiento amateur de esa disciplina. Además dispuso la suspensión de las líneas telefónicas a su nombre para incomodar el desarrollo de sus tareas y obligarlo a salir de la situación de morosidad.

Otras disposiciones que pueden tomar los jueces son la aplicación de multas diarias y el embargo o inhibición de bienes así como también la suspensión de la licencia de conducir en los casos en los que el deudor no trabaje con su vehículo.

Las obligaciones de los padres separados son la de compartir los gastos de alimentación,  vestimenta, vivienda, educación y asistencia médica de sus hijos y se puede tomar como referencia de ese monto el Índice de Crianza que elabora mensualmente el Indec.

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