La Corte frena indemnizaciones «Desproporcionadas»
La Corte Suprema emitió dos fallos con fuertes señales a la Cámara del Trabajo sobre la aplicación de intereses en las indemnizaciones.
En el primer caso, redujo una indemnización que había subido un 20 mil por ciento a causa de la aplicación de distintos intereses y, en el segundo, anuló una multa de 53 sueldos aplicada a una empresa que había despedido a un empleado que sólo había trabajado 20 meses.
Estas decisiones del máximo tribunal reafirman el camino abierto con el fallo Oliva, en el que se prohibió la aplicación de intereses sobre intereses en una compensación por despido, algo que había sido habilitado por la Cámara del Trabajo.
En el primer caso de estos nuevos fallos, la Corte anuló la sentencia que habilitaba el pago de un resarcimiento de 137 millones de pesos por un despido cuando en primera instancia la condena era por 687.735 pesos. A ese monto, la Cámara del Trabajo le había ordenado sumar accesorios que multiplicaban desproporcionadamente la suma inicial.
En el segundo caso, se revocó una sentencia que ordenaba el pago de 53 salarios como multa por retención de aportes a un trabajador que sólo había desempeñado tareas durante un año y ocho meses. La suma de los aportes adeudados era de 11.400 pesos y la sanción establecida por la Cámara ascendía a 194.775 pesos.
De esta manera, el máximo tribunal le pone freno a las resoluciones de la Cámara, que en muchas de sus salas cuenta con jueces afines al sindicalismo y sobre todo, con fluidos contactos con los líderes de la CGT.