La compensación económica, una figura legal ante la crisis en casos de divorcio
Una separación de pareja suele dejar mal parados a los ex cónyuges frente a los gastos cotidianos que antes afrontaban de a dos y que ahora deben costear solos. Para esto, la justicia prevé una figura que es la de compensación económica, que va más allá de la cuota alimentaria y puede aplicarse tanto al hombre como a la mujer.
Esta figura legal puede ser pedida por la parte que quedó más perjudicada tras el divorcio. Pero tiene una serie de requerimientos básicos: debe ser tramitada dentro de los primeros 6 meses después de la separación, se debe pedir judicialmente por medio de un abogado y necesita una sentencia judicial favorable. También se puede arribar a ella a través de un acuerdo entre las partes.
La sentencia depende de varios factores. Principalmente de la capacidad de la parte que reclama la compensación para conseguir o tener un trabajo que le permita afrontar los gastos y el tiempo que duró el matrimonio y el impacto sobre el desarrollo profesional del o la reclamante (por ejemplo, si una de las partes dejó sus estudios o su trabajo para criar a los hijos). Además se evalúa la evolución del patrimonio de la pareja desde antes de casarse hasta después de separarse.
Con esto, la justicia puede establecer distintos mecanismos de compensación que van desde una suma fija hasta un plan de pagos mensuales o la venta de algún bien patrimonial.
Se trata de una figura clave en momentos de crisis, en los que en muchos casos la separación implica una grave caída del nivel de vida de alguna de las partes.