Heredera por Whatsapp
Una decisión del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes introdujo un criterio novedoso en un conflicto sucesorio, al admitir un mensaje de voz enviado por WhatsApp como elemento determinante para resolver la distribución de una herencia.
El caso involucró a una mujer que había quedado excluida de la sucesión de su esposo fallecido, ya que al momento de la muerte ambos se encontraban atravesando un proceso de divorcio, situación que, en principio, le impedía heredar.
Durante el trámite judicial se incorporó un audio que el hombre había enviado poco antes de morir, en el que expresaba su intención de dejar sin efecto la separación y manifestaba su voluntad de que su esposa no quedara al margen de sus bienes. El mensaje fue certificado ante escribano e incorporado formalmente al expediente.
Al analizar esa prueba, el tribunal entendió que el contenido del audio reflejaba de manera clara la voluntad del fallecido y evidenciaba un acercamiento real entre la pareja, suficiente para revisar la exclusión que se había aplicado de forma automática por la existencia del divorcio en curso.
Con ese fundamento, la Justicia resolvió restituirle a la mujer sus derechos hereditarios y fijó un precedente al reconocer el valor probatorio de un mensaje de voz de WhatsApp en una causa sucesoria.
