Fallo inédito: Le tiene que pagar alimentos a su ex, que todavía está embarazada
La Justicia de Santa Fe ordenó que un hombre le tenga que pagar la cuota alimentaria a su expareja, que aún está embarazada. Se trata de lo que denominó «aportes provisorios», que tendrán que ser retenidos por el empleador del padre del bebé que aún no nació.
La pareja se separó cuando ella cursaba el tercer mes de embarazo. Sin embargo, ella denunció abandono y acudió rápidamente a la justicia argumentando que el Código Civil ampara también al niño por nacer. En tribunales, el juez de familia Marcelo Scola le dio la razón y exigió que se le retenga al padre el monto equivalente al Índice de Crianza que elabora el Indec, que hoy es de 352.561 pesos para el caso de un bebé menor de 1 año.
Se trata de un fallo inédito, aunque va en sintonía con lo que establece el Código Civil. La ley le da derecho a recibir la cuota alimentaria a todas las mujeres embarazadas desde el momento de la concepción para poder atender sus necesidades. Y aquí se incluyen los gastos esenciales para la subsistencia diaria, como vivienda, vestimenta, alimentación y atención médica.
El juez estableció además que la madre debe hacer todos los trámites de filiación en los primeros 30 días de vida del bebé para que la resolución siga siendo aplicable.