Documentos por favor…

Documentos por favor…

Lucas se negó a mostrarle el DNI a la policía en un control de rutina. Por ese hecho su causa llegó hasta la Corte de la Ciudad. Mira en esta nota en qué casos estas obligado a mostrarlo.

En 2014, a raíz de distintos delitos en la estación de trenes de Constitución, efectivos policiales comenzaron a pedir la identificación de quienes pasaban por ahí. En el mes de abril de ese año, le pidieron el documento a Lucas pero se rehusó. Este hecho motivó una causa que llegó hasta la máxima instancia judicial de la Ciudad. 

Pero, ¿puede la policía pedirme el DNI?

Sí. El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad afirmó que la policía tiene la facultad de pedir la documentación para identificar a las personas. 

Con esta decisión de la Corte Porteña se rechazan dos fallos de la justicia en lo Penal y Contravencional en donde se había anulado el operativo considerando que era nulo el procedimiento porque la policía no se encuentra autorizada a ?impedir la libre circulación y a exigir la exhibición de documentación si no cuenta con un motivo válido para hacerlo?.

Inés Weinberg, magistrada del tribunal detalló que «la policía tiene entre sus funciones la de prevenir delitos», y se refirió a la «prevención del delito a toda actividad de observación y seguridad destinada a impedir la comisión de actos punibles».

El juez Luis Lozano sostuvo que «la competencia para requerir el documento de identidad está implícitamente reconocida a la Policía Federal en la ley siempre que su ejercicio constituya una ´actividad de seguridad´ (de prevención del delito)». Mientras que el juez José Casás, sostuvo que el fallo que anuló el procedimiento «parece haber partido de la equivocada equiparación de la mera interceptación de una persona en la vía pública al solo efecto de solicitar su identificación con su detención o la eventual requisa de sus pertenencias».

En cuanto al fallo realizado por el Tribunal Supremo de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, la doctora Alicia Pierini, ex defensora del pueblo de la Capital Federal señaló que se está autorizando a las fuerzas policiales a pedir la documentación. “Pero hay que inscribirlo en el marco de los derechos fundamentales, no solamente los de la Constitución, sino también la normas del pacto de San José de Costa Rica”.

“La Constitución te dice claramente que hay libertad de expresión, libertades de tránsito, de locomoción, de entrar, salir y transitar en el territorio argentino” y agrega que “para restringir esos derechos tiene que haber una causa, alguna razón o algún acontecimiento que justifique la petición de la documentación y eso lo dice el juzgado” señaló Pierini.

“No es que no se pueda pedir la identificación, se puede pero debe haber una razón fundada”, afirmó.

Pierini aclara que “si la policía tiene que poner orden en la calle porque hay algún conflicto, es esa la situación de emergencia que le permitiría pedir la documentación para ver quienes están armando la gresca” y explica que no tiene lógica que la policía le pida los documentos a la gente que está sentada en el banco de una plaza mirando los pajaritos.

“Los principios son de libertades absolutas e igualitarias pero cuando hay una razón de prevención o de protección por parte del Estado es lícito que la policía pueda pedir documentos. Acá tenemos que tratar que las fuerzas policiales entiendan que para poder intervenir tienen que tener razones válidas para intervenir” detalló. 

¿La policía me puede detener porque si?

No. Porque la detención solo corresponde cuando hay razones fundadas y evidentes. De lo contrario no. La detención solo puede ser por orden judicial y aun haciendo eso si no hay una razón lógica y fundada se estaría violando la Constitución y el Pacto de San José de Costa Rica.

Si un mantero grita que le están robando y dos personas salen corriendo con sus cosas ese es el momento en el que algo hay que hacer. Ahora, si el que esta al lado solo está mirando no debe ser molestado.

¿En qué casos la policía puede revisar mi mochila o mi auto?

Estamos en las mismas condiciones. Solo en casos de necesidad. En el caso de la mochila es mas grave porque están los objetos personales de cada uno y tiene que ver con el derecho a la intimidad y el derecho a la privacidad. Tampoco correspondería que te requisen el auto pero no puedo decir que sería una violación importante. 

Soy menor de edad. ¿Me pueden detener?

No te pueden detener ni menor ni mayor. Ahora siendo menor menos todavía porque los menores son inimputables. Lo que no impide que se llame a la tutelar de menores para que se haga presente. Al menor no se lo detiene se lo debe proteger.

¿Qué debo hacer si creo que el policía se está excediendo en sus tareas?

En el caso de un atropello importante o una falta de respeto grave debes tomar nota de su número de chapa que lo identifica y lo denuncias ante un abogado, en la Defensoría del Pueblo o en alguna fiscalía. Los policías tienen la obligación de estar identificados.

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