Por todos los frentes: durísima sanción a un deudor alimentario
En un fallo que sienta un fuerte precedente, la Justicia de Río Negro impuso un drástico paquete de sanciones a un hombre que acumuló una deuda por cuota alimentaria cercana a los 20 millones de pesos.
La resolución, firmada por la jueza Cecilia Wiesztort en Bariloche, no solo prohíbe al demandado salir de Argentina, sino que además ordena la retención y no renovación de su licencia de conducir, su incorporación al Registro de Deudores Alimentarios Morosos y, en una medida de alto impacto social, el veto absoluto para ingresar al club deportivo al que asistía de manera habitual.
El expediente judicial detalla que la deuda llega a los $19.621.900,35, producto de 3 años de incumplimiento permanente tras la setencia judicial que obligaba al padre a pagar.
La jueza fundamentó su decisión en el artículo 553 del Código Civil. Desde la perspectiva del juzgado, estas restricciones no tienen el propósito de compensación económica, sino de actuar como un mecanismo de presión. El fallo pone en evidencia una contradicción habitual en estos expedientes: mientras el demandado argumentaba que tenía dificultades financieras, mantenía con normalidad su vida social y recreativa, lo que incluía la práctica de deportes en una institución local.
La jueza remarcó que el persistente desentendimiento del padre obligó a la madre a asumir en soledad el 100% de los cuidados y del sostén material del menor. Y en esta línea, el tribunal encuadró su accionar como una manifestación de «violencia económica» hacia la mujer y su hijo.
