Fallo a favor de una empleada por estrés laboral
La sala 2 de la Cámara provincial de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Neuquén le dio la razón a una empleada que demandó al banco en el que trabajaba y a la ART por el cuadro de estrés laboral que sufrió y que la dejó en una situación de invalidez.
La justicia resolvió que tanto el banco como la aseguradora son civilmente responsables por no cumplir con el artículo 75 de la ley de Contrato de Trabajo y le deben pagar más de 15 millones de pesos por daños patrimoniales y no patrimoniales.
«La accionante ingresó con 19 años, sana, trabajó intensamente durante nueve años, y a partir de allí denunció que estaba padeciendo estrés laboral, ansiedad, como consecuencia del trabajo, y ante la o las denuncias formuladas en tales términos, la parte empleadora y la A.R.T. negaron que los padecimientos de orden psicológico que la trabajadora sufría revistiesen naturaleza laboral, privándola así de su cobertura en el marco del régimen de riesgos de trabajo, y desplazándola al esquema de enfermedades inculpables, hasta posicionarla en reserva de puesto, y finalmente jubilarla por invalidez, porque se enfermó de tal forma que, con tan solo 33 años, nunca más recuperó su capacidad total. He aquí, el deber de resarcir civilmente», detalla el escrito.
Los jueces Nancy Vielma y Pablo Furlotti consideraron que los problemas de salud de la mujer fueron causados efectivamente por el ambiente laboral en el que se desempeñaba y por las presiones que recibía de sus empleadores, a la vez que sostuvieron que «la aseguradora ni siquiera se apersonó en el lugar de trabajo para efectuar una evaluación de la situación».
Por eso fallaron a favor de la demandante y condenaron tanto al Banco Provincia del Neuquén como a la ART Galeno a pagarle 15.434.483 pesos a la mujer.