Con papá y con mamá
Cuando una pareja se divorcia los hijos pueden convertirse en un botín de guerra. Pero existen alternativas pensadas para que los chicos sufran lo menos posible esta separación. Entre a esta nota y entérate que es la tenencia compartida y la tenencia alternada.
Marcelo y Sonia se separaron. El hijo que tuvieron tiene 8 años y le dijo a su abogado del niño que quiere seguir viviendo con los dos. Ante el llamado del juez, sus papás propusieron que el menor se quede en la casa y que sean ellos los que vayan y vengan. ¿Se puede hacer esto?
Para responder a esta inquietud consultamos al Dr. Esteban Otero, abogado especialista en derecho contractual sobre la tenencia compartida. Es una de las reglamentaciones que quedó en el nuevo Código Civil y Comercial a diferencia de muchas. El origen se dio como una solución ante el tironeo constante de los padres divorciados para con el menor. No ha sido fácil su aceptación dentro de la jurisprudencia, explicó.
Otero señala que recién en los últimos 10 o 15 años se tomó cómo una opción beneficiosa, y más aun con el nuevo Código, porque ya no hay más presunción de quién es el más apto. Uno de los factores que ayudó a la aceptación de la tenencia compartida fue el matrimonio igualitario, en donde ya no hay más mamá o papá.
La presunción es que los dos mantienen la guarda del menor. Si no hay tal acuerdo, judicialmente se va a trabajar para eso y recién en el último de los casos es el juez quien va a decidir sobre la tenencia, señala el Dr. Otero.
¿Dice algo la ley sobre quién se debe mudar?
Respecto a esto no dice nada el Código. Leyendo un poquito de doctrina previa a esta nueva reglamentación se hablaba de tenencia compartida de dos formas. Tenencia compartida y tenencia alternada. La primera establece que es el hijo el que se va a la casa del papá y después a la de la mamá. Pero el segundo supuesto habla de que sean los padres los que ingresan y salgan alternativamente de la casa que solo habitan los menores.
De esto el Código no dice nada, pero tampoco lo prohíbe, y creo que desde el punto de vista psicológico es mejor esta opción. Que sean los menores que estén en la casa y los padres los que alternen el cuidado de los hijos dentro del mismo ámbito.
¿El hijo debe tener una determinada edad para que se plantee la tenencia compartida?
No hay ningún límite de edad. Hay que tener en cuenta que la voz del menor tiene otro peso a diferencia del viejo Código Civil. Ahora, en la mayoría de los casos, desde los 13 años en adelante los chicos deben estar en determinados actos. La opinión del menor no es condicionante, pero resulta trascendente.
Tobías tiene 4 años. Él no quería ir a ver su mamá porque la pareja de ella le pegaba y su papá no sabía cómo actuar legalmente.
La justicia debe ser la primera y última en actuar. Hay que tener muy presente que siempre se va a priorizar el contacto del menor con los padres. Y si hay un problema primero se acude a una solución de la inmediatez de la urgencia, pero ni siquiera desde el ámbito judicial debe abandonarse esa situación. En primer lugar, para solucionar ese tema se tomó un remedio de urgencia, pero a partir de ese momento desde el ámbito judicial se debe canalizar y organizar el modo en el cual se vuelve a reformular esa relación, detalló el abogado.