La justicia declaró invalidó el veto a la Ley de Emergencia en Discapacidad

La justicia declaró invalidó el veto a la Ley de Emergencia en Discapacidad

La inflexible posición que adoptó Javier Milei frente a cualquier iniciativa que, a su criterio, comprometa las metas de equilibrio fiscal sufrió un revés en la justicia. El Juzgado Federal de Campana, a cargo de Adrián González Charvay, declaró la invalidez del veto presidencial a la Ley de Emergencia en Discapacidad aprobada recientemente en el Congreso.

Según el juez, «el derecho a la salud, educación y rehabilitación de niños con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias, y que el Estado Argentino está obligado a cumplir con los estándares constitucionales e internacionales que garantizan la protección integral de los grupos más vulnerables».

El fallo se da a partir de un amparo presentado por las familias de dos chicos con discapacidad, que a los ojos del magistrado son «personas en situación de múltiple vulnerabilidad por su condición de niños y de personas con discapacidad, de lo que se desprende que sus derechos deben ser objeto de protección especial».

«El veto  provoca como resultado directo el deterioro progresivo de servicios y prestaciones a la salud que afecta a un grupo de personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad y demandan una protección especial por parte del Estado, en cumplimiento de las obligaciones constitucionales e internacionales», reafirma el escrito de González Charvay.

El magistrado agregó que el Estado puede reasignar parte del presupuesto sin afectar el déficit cero y que la decisión de Milei de rechazar la Ley viola «el estándar internacional de utilización de ‘máximo de recursos disponibles’, conforme los lineamientos establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación».

Con esto, se entiende que caído el veto hay una promulgación tácita de la ley, por lo que la Emergencia en discapacidad ya estaría vigente. El texto de la iniciativa incluía un financiamiento adecuado y sostenible de las pensiones no contributivas por discapacidad, el apoyo a los prestadores de salud y medidas para asegurar los fondos para la Agencia Nacional de Discapacidad y sostener la Ley de Empleo Protegido para personas con discapacidad.

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