2X1, la peor ecuación

2X1, la peor ecuación

Una vieja ley dada de baja en 2001 está dividiendo nuevamente a los argentinos. Mira en esta nota de qué trata, cómo se implementó y qué dicen los especialistas respecto a la sentencia que involucró a un condenado por delitos de lesa humanidad

En los últimos días un fallo de la Corte Suprema generó gran revuelo en la sociedad por concederle el beneficio del 2X1 al ex represor de la última dictadura, Luis Muiña. La pregunta es, ¿fallaron de manera correcta los jueces? Para responder a eso hablamos con dos constitucionalistas que nos explican de qué trata esa ley y su punto de vista respecto a la sentencia.

El 2×1 es una ley sancionada en 1994 que dispone que, transcurrido el plazo de dos años, se computará por un día de prisión preventiva dos. Esta sanción solo se aplica para todos los delitos cometidos antes de 1994, explicó el jurista Gregorio Badeni.

A su vez, señaló que, para él, el fallo de la Corte es el temperamento correcto porque los jueces solo se limitaron a aplicar la ley.

El artículo 2 del Código Penal establece la necesidad de aplicar la ley (penal) más benigna, y hace lo mismo el artículo 6 del Pacto de San José de Costa Rica, el artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el artículo 18 de nuestra Constitución, explicó.

Por su parte, y en contraposición, el abogado constitucionalista Daniel Sabsay no está de acuerdo con el reciente fallo, porque para él se ha asimilado la noción de delitos comunes con el de delitos de Lesa Humanidad.

Estos delitos tienen un régimen particular, son imprescriptibles, no pueden ser objeto de amnistía ni de indulto. Entonces, cuando uno le aplica el 2×1 está conmutando una parte de la pena, nos detalló.

Sabsay también opinó que el voto de Ricardo Lorenzetti, habla de que los jueces deben tener en cuenta las consecuencias que producen cuando fallan. Ese fallo en particular iba a alterar la normalidad de la vida social y eso lo tendrían que haber tenido en cuenta todos los magistrados.


 

Matías Werner es periodista judicial y abogado. Él señala que lo que acaba de resolver la Corte es la aplicación de la doctrina penal llamada Delito Permanente, esto quiere decir que el delito se extenderá durante todo el tiempo en que la persona este secuestrada y desaparecida.

En este caso, los secuestros comenzaron en 1976 y el delito se extendió durante todo el tiempo en el cual la persona no fue juzgada. Recién en el año 2007 detuvieron al represor Luis Muiña, en 2011 lo terminan de condenar y la Corte Suprema confirma esa sentencia en 2013. A partir de ahí la condena esta firme.

Lo que se discute entonces, es, sí la ley del 2×1 que funcionó de 1994 a 2001 le era aplicable a esto. La mayoría de la Corte (Ronsenkratz, Rosatti y Highton de Nolasco) dijo que si, apelando al principio de ley más benigna, que quiere decir que no importa el lapso temporal, sino que se debe aplicar la ley menos gravosa, señaló Werner.

La disidencia de Maqueda y Lorenzetti dice que, en realidad habría que hacer una diferencia entre lo que son los delitos de Lesa Humanidad y los delitos ordinarios. Además, los jueces explican que no hubo una ley benigna que primó sino una coexistencia de leyes en el momento del delito, pero la ley que se tiene que aplicar es la vigente al momento del cese del delito.

2X1, CAPITULO APARTE

En las últimas horas el fiscal federal Guillermo Marijuan imputó a los jueces de la Corte Suprema, Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkratz y Horacio Rosatti, por haber votado a favor del pedido del represor Luis Muiña.

Respecto a esto, Sabsay señaló que, más allá de estar de acuerdo o no con la sentencia, el juez que la dicta no es un delincuente y resolvieron el problema de buena fe, sin cometer un daño contra la sociedad.

Para Badeni, la decisión del Fiscal entra en un terreno político y no jurídico, en el cual las personas que están disconformes con ese fallo no quieren aceptar las reglas del juego de una democracia constitucional y quieren imponer su propia voluntad por la fuerza.

¿Es posible revertir un fallo de la Corte?

Los fallos de la Corte Suprema se pueden revertir únicamente ante la justicia interamericana, es decir, primero ante la Comisión Interamericana y luego ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pero es un proceso muy largo, comentó Sabsay y agregó que en una decisión reciente del máximo tribunal se ha debilitado mucho la fuerza de los fallos de la CIDH.

La Procuración General de la Nación acaba de señalar que hay 278 imputados detenidos por Lesa Humanidad que podrían ser beneficiados por el 2×1. Los represores Alfredo Astiz, Reynaldo Bignone o Luciano Benjamín Menéndez, son algunos de los que podrían solicitar la libertad.

La Asociación de Magistrados y Funcionarios también se expresó al respecto. Desde esa entidad manifestaron que la independencia del Poder Judicial no admite recortes, sólo la exigencia de actuar imparcial e idóneamente.

Cualquiera que sea la instancia de un juez atacado por el sentido y contenido de sus sentencias, nuestra Asociación los defenderá como exigencia necesaria de convivencia republicana.

Las solicitudes de juicio político y denuncia penal a los referidos magistrados por  el contenido de sus pronunciamientos, más allá del acierto o error de éstos, implican una evidente e indebida injerencia en la actividad jurisdiccional.

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