Ninguna diplomacia con el impuesto a las ganancias
Finalmente, la Asociación Profesional del Cuerpo Permanente del Servicio Exterior de la Nación presentó un amparo ante la justicia para que no se aplique el Impuesto a las Ganancias al plus que reciben en dólares los diplomáticos que están en el exterior.
Se trata de un adicional que ahora, con la reforma del impuesto, pasó a estar incorporado en los haberes que suman la base imponible para calcular los descuentos y que, al ser en dólares, potencia mucho más las retenciones.
Según el escrito que presentó Ricardo Gil Lavedra, abogado del gremio de los diplomáticos, la decisión es «ilegítima, arbitraria y flagrante y no encuentra ningún fundamento en la ley del impuesto a las ganancias que reglamenta, la que mantuvo en la materia los mismos principios que se aplican desde hace décadas para autorizar la deducción». Agregó además que la modificación «se introdujo de manera solapada bajo el pretexto general de ‘adecuar’ la reglamentación de la ley y ‘brindar precisiones’ sobre las medidas instauradas».
El amparo sostiene que la medida impulsada por el gobierno «viola el estado diplomático establecido por la norma federal y también el derecho a percibir las retribuciones en concepto de compensación por gastos de vivienda adecuada, subsidio familiar y escolaridad de los hijos, conforme a las exigencias que determinen los países de destino». Por eso pide que se dicte una medida cautelar de no innovar y que no se aplique el impuesto a las ganancias sobre «el adicional por costo de vida».