{"id":3711,"date":"2023-08-02T15:03:46","date_gmt":"2023-08-02T18:03:46","guid":{"rendered":"https:\/\/defiendase.com\/?p=3711"},"modified":"2023-08-02T15:03:49","modified_gmt":"2023-08-02T18:03:49","slug":"cuidado-compartido-la-justicia-rechazo-el-reclamo-de-dos-abuelos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/cuidado-compartido-la-justicia-rechazo-el-reclamo-de-dos-abuelos\/","title":{"rendered":"Cuidado compartido: La Justicia rechaz\u00f3 el reclamo de dos abuelos"},"content":{"rendered":"\n<p>La C\u00e1mara de Apelaciones porte\u00f1a rechaz\u00f3 el pedido de los abuelos maternos de una nena que perdi\u00f3 a su madre, que exig\u00edan alternar con el padre de la menor la crianza, los cuidados y las actividades escolares.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan la presentaci\u00f3n de los demandantes, desde la muerte de su mujer, el padre de la nena se neg\u00f3 \u201ccaprichosamente\u201d a que los abuelos compartieran tiempo con ella. Entonces solicitaron a la Justicia ocupar -como familia materna- el rol que cumpl\u00eda su hija como madre con la ni\u00f1a y compartir con ella vacaciones, fiestas y momentos l\u00fadicos con un r\u00e9gimen de cuidado compartido.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, los jueces no hicieron lugar a este pedido y en su fallo, la Sala C de la C\u00e1mara Nacional Apelaciones en lo Civil sostuvo que&nbsp; \u201cel ejercicio de la responsabilidad parental corresponde a ambos padres y, a falta de uno, al otro\u201d. Ya en una instancia anterior, la Justicia hab\u00eda resuelto que los abuelos no ten\u00edan legitimidad para reclamar un sistema de crianza compartido.<\/p>\n\n\n\n<p>En su presentaci\u00f3n, los abuelos hab\u00edan planteado que desde 2013, cuando muri\u00f3 su hija, ellos intentaron mantener el v\u00ednculo con su nieta \u201csin pautar d\u00edas fijos sino con la sola premisa de estar el mayor tiempo posible con ella\u201d pero que \u201clas limitaciones impuestas por el padre determinaron que las posibilidades de compartir y construir una relaci\u00f3n fluida y enriquecedora de abuelos-nieta fueran \u00ednfimas\u201d. Seg\u00fan ellos, por ejemplo, la nena nunca se qued\u00f3 a dormir en su casa y denunciaron que las posturas enfrentadas de los adultos en su familia le generaron a la chica \u201cun conflicto de lealtades\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Esto llev\u00f3 a que reclamaran en la Justicia una serie de \u00edtems que les permitieran estar presentes en la vida de la ni\u00f1a. Algunos de ellos eran: ser notificados por la escuela de todos los eventos en los que pod\u00edan acompa\u00f1ar a su nieta, poder asistir a los festejos de cumplea\u00f1os de la nena, permitir encuentros cada fin de semana por medio con pernoctaci\u00f3n inclu\u00edda, compartir semanas de vacaciones en invierno y verano y pasar una de las fiestas de fin de a\u00f1o, el d\u00eda del ni\u00f1o y Semana Santa con ella.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero la jueza de primera instancia consider\u00f3 que este reclamo carec\u00eda de legitimidad&nbsp; y se bas\u00f3 en los art\u00edculos 648 y 649 del C\u00f3digo Civil y Comercial que sostienen que el cuidado de los ni\u00f1os es un deber y una facultad de sus progenitores. Ante esto, los abuelos apelaron la decisi\u00f3n y la C\u00e1mara ratific\u00f3 lo resuelto en primera instancia al explicar que \u201csalvo supuestos de p\u00e9rdida o privaci\u00f3n, que no se verifican en esta situaci\u00f3n, los abuelos y las abuelas no se encuentran legalmente habilitados para discutir o, cuanto menos, compartir el r\u00e9gimen de cuidado con el padre\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, y en paralelo al rechazo a la presentaci\u00f3n de los abuelos, los jueces se refirieron a los conflictos familiares y explicaron que \u201cla familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida\u201d. Para ellos, \u201cquienes se encuentran a cargo de personas menores deben permitir la comunicaci\u00f3n de ellas con sus ascendientes\u201d. Con esto instaron al padre a ser m\u00e1s flexible y a permitir una relaci\u00f3n m\u00e1s fluida entre sus ex suegros y la ni\u00f1a.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara de Apelaciones porte\u00f1a rechaz\u00f3 el pedido de los abuelos maternos de una nena<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":3712,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[252],"tags":[],"aioseo_notices":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/defiendase.com\/wp-content\/uploads\/2023\/08\/abuelos-nieta.webp","post_mailing_queue_ids":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3711"}],"collection":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3711"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3711\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3713,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3711\/revisions\/3713"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3712"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3711"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3711"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3711"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}