{"id":2980,"date":"2016-07-26T21:57:00","date_gmt":"2016-07-26T21:57:00","guid":{"rendered":"http:\/\/defiendase.impulsatuidea.com\/?p=2980"},"modified":"2023-02-10T21:58:57","modified_gmt":"2023-02-10T21:58:57","slug":"el-mal-uso-de-la-cuota-alimentaria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/el-mal-uso-de-la-cuota-alimentaria\/","title":{"rendered":"El mal uso de la Cuota Alimentaria"},"content":{"rendered":"\n<h3>Pedro se divorci\u00f3 de Marta hace dos a\u00f1os y no sabe porque a ella no le alcanza la plata que \u00e9l le pasa para su hijo. Nos envi\u00f3 sus dudas y en esta nota las respondemos con la opini\u00f3n de un especialista.<\/h3>\n\n\n\n<p>Eduardo Sambrizzi es abogado especialista en derecho de familia y respondi\u00f3 la consulta de Pedro. Hubo un cambio con respecto al viejo C\u00f3digo Civil. Cambio sobre todo en el tema de los divorcios, porque antes se pod\u00eda decretar la culpabilidad de uno de los c\u00f3nyuges y si ten\u00eda bienes suficientes ten\u00eda la obligaci\u00f3n de pasarle alimentos al otro si era necesario. Ahora, en cambio, el tema de los alimentos en el divorcio es mucho m\u00e1s restrictivo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La cuota alimentaria entre ex c\u00f3nyuges<\/strong><br><br>Hoy se pone un l\u00edmite m\u00e1ximo que es la cantidad de a\u00f1os que dur\u00f3 el matrimonio para el caso en el que se requiera alimentos por una cuesti\u00f3n de necesidad. Como ya no hay m\u00e1s culpabilidad en el divorcio nada tiene que ver el pago de alimentos ya, sino que se hace si uno de los c\u00f3nyuges requiere una gran necesidad entonces el otro tendr\u00eda la obligaci\u00f3n de d\u00e1rselos por un periodo de tiempo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-embed is-type-rich is-provider-gestor-del-servicio wp-block-embed-gestor-del-servicio wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio\"><div class=\"wp-block-embed__wrapper\">\n<iframe loading=\"lazy\" title=\"La conflictiva cuota alimentaria - Defiendase I\" width=\"640\" height=\"360\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/Zf3jsTEUBW8?feature=oembed\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share\" allowfullscreen><\/iframe>\n<\/div><\/figure>\n\n\n\n<p>En caso de que el c\u00f3nyuge tuviera una enfermedad preexistente al divorcio tambi\u00e9n tiene derecho a reclamarle al otro los alimentos. Ac\u00e1 ya no hay ninguna limitaci\u00f3n en cuanto a los a\u00f1os del matrimonio.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto al matrimonio, ambos se deben alimentos. Es una obligaci\u00f3n rec\u00edproca. Tambi\u00e9n, con la implementaci\u00f3n del nuevo C\u00f3digo se estableci\u00f3 que durante la separaci\u00f3n de hecho de los c\u00f3nyuges tambi\u00e9n se deben alimentos, pero en tanto y cuanto, uno de los dos lo necesite y el otro pueda prestarlos.<br><br><strong>La cuota, con los ni\u00f1os menores<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto a los menores la norma no cambio demasiado. Se explicit\u00f3 lo siguiente: para los menores de 21 a\u00f1os, los padres tienen la obligaci\u00f3n de prestar alimentos a los hijos salvo que el hijo&nbsp;tuviera bienes suficientes, o ganar\u00e1 suficiente como para mantenerse a s\u00ed mismo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, los hijos tienen el derecho de reclamarle alimentos a los padres desde los 21 hasta los 25 en tanto y cuanto por sus estudios no pudieran trabajar y necesitaran esos alimentos. La condici\u00f3n no es solo estudiar, sino adem\u00e1s que deben seguir una carrera en forma regular y no ser un estudiante cr\u00f3nico, porque este \u00faltimo no tiene derechos. No es cuesti\u00f3n de inscribirse en una universidad y pedir alimentos hasta los 25.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>En el mail que Pedro envi\u00f3 a Defiendase, se\u00f1ala que paga puntualmente todo, la cuota alimentaria, las expensas y el club de su hijo. Explic\u00f3 que su ex pareja hace dos meses debe la cuota del colegio, y qu\u00e9 no sabe qu\u00e9 hace ella con el dinero que \u00e9l le da para Ezequiel. \u00bfQu\u00e9 puede hacer ante esto?&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La madre debe arreglarse de alguna manera con la plata que le pide al padre de su hijo. Si no le alcanza tiene que iniciar un juicio por modificaci\u00f3n de la cuota de alimentos. Pero mientras no se abre una sentencia de modificaci\u00f3n de la cuota el padre tiene que seguir pagando lo mismo, explica el Dr. Sambrizzi.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, \u00e9l no puede dejar de pagar la cuota porque la madre utilice la plata en otra cosa. Lo que tiene que hacer es plantear judicialmente la cuesti\u00f3n y que el juez resuelva. Si hay una cuota alimentaria el padre la debe seguir abonando.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Pedro dice que ella usa ese dinero para comprarse ropa, \u00bfle puede plantear eso al juez?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Lo puede plantear para que el juez la llame y arregle las cosas en una audiencia, pero ella no puede pedir m\u00e1s plata, si la que se le da para el hijo la utiliza ella. La responsable es ella y se tiene que hacer cargo del nene.<\/p>\n\n\n\n<p>Los dos padres tienen la obligaci\u00f3n de pagar alimentos, no uno solo. Lo que pasa es que el padre que no tiene la tenencia tiene mayor obligaci\u00f3n porque se supone que el otro detrae parte de su tiempo laboral para ocuparse del hijo. Este \u00faltimo tendr\u00eda menos obligaciones en cuesti\u00f3n de monto alimentario.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n hay que tener en cuenta los ingresos de cada uno. No es lo mismo que uno tenga ingresos elevados o no. A lo mejor, la madre que est\u00e1 viviendo con el hijo tiene unos ingresos muy elevados y el padre vive con lo justo teniendo un sueldo m\u00ednimo. En ese caso, el padre puede hacer lo posible en colaborar con algo mientras pueda seguir viviendo, sobre todo si la madre tiene bienes suficientes.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-embed is-type-rich is-provider-gestor-del-servicio wp-block-embed-gestor-del-servicio wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio\"><div class=\"wp-block-embed__wrapper\">\n<iframe loading=\"lazy\" title=\"La conflictiva cuota alimentaria - Defiendase II\" width=\"640\" height=\"360\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/NfwstH2OsF0?feature=oembed\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share\" allowfullscreen><\/iframe>\n<\/div><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>El pap\u00e1 de este chico nos pregunta si puede cumplir con la cuota&nbsp;compr\u00e1ndole&nbsp;determinada cantidad de&nbsp;paquetes de comida, ropa y pagar \u00e9l las cuotas del club y del colegio.&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Eso no lo puede hacer directamente. La obligaci\u00f3n que tiene en principio es entregar la cantidad de dinero que resolvi\u00f3 el juez. Si quiere hacer eso debe presentar un escrito, informarle al juez lo que ocurre y pedir una autorizaci\u00f3n para que \u00e9l pueda hacer los gastos necesarios.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u00c9l no puede cambiar el modo de pago de la cuota alimentaria sin autorizaci\u00f3n del juez. Tiene que seguir pagando el dinero salvo que acuerde con la madre pagar el colegio, el club o la cuota de la entidad de medicina prepaga en la que est\u00e9n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfPuedo exigir que mi ex mujer empiece a trabajar?, pregunt\u00f3 el pap\u00e1.<\/strong><br>Por lo pronto hay que ver la situaci\u00f3n de Marta. Hay que ver si puede trabajar, qu\u00e9 edad tiene y si consigue trabajo. De cualquier manera, si ella puede trabajar, es joven y no tiene ning\u00fan impedimento para hacerlo y no lo hace, el juez lo que puede hacer a pedido de Pedro es rebajar la cuota alimentaria si la madre no se hace cargo de ning\u00fan pago.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Esto siempre debe ser por medio de un juez o por acuerdo de las partes. Si el ex marido acuerda con la ex mujer no hay problema, siempre y cuando no sea en desmedro del hijo que, cuyo inter\u00e9s superior debe tenerse en cuenta, finaliz\u00f3 el abogado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Pedro se divorci\u00f3 de Marta hace dos a\u00f1os y no sabe porque a ella no<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":2989,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[252],"tags":[],"aioseo_notices":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/defiendase.com\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/cuota2-1.gif","post_mailing_queue_ids":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2980"}],"collection":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2980"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2980\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2990,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2980\/revisions\/2990"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2989"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2980"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2980"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2980"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}