{"id":2612,"date":"2016-04-04T17:52:00","date_gmt":"2016-04-04T17:52:00","guid":{"rendered":"http:\/\/defiendase.impulsatuidea.com\/?p=2612"},"modified":"2023-02-10T17:53:59","modified_gmt":"2023-02-10T17:53:59","slug":"multas-pago-o-no-pago","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/multas-pago-o-no-pago\/","title":{"rendered":"Multas, \u00bfpago o no pago?"},"content":{"rendered":"\n<h3>Infracciones ajenas, municipios abusivos y radares escondidos son algunos de los problemas que te pueden pasar cuando est\u00e1s circulando por alg\u00fan camino en nuestro pa\u00eds. Mira este art\u00edculo para saber c\u00f3mo y cu\u00e1ndo defenderte.<\/h3>\n\n\n\n<p><em>L<\/em>a Doctora Natalia Tereszecuk, especialista en contravenciones y faltas respondi\u00f3 a las consultas que llegaron a Defi\u00e9ndase.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-embed is-type-rich is-provider-gestor-del-servicio wp-block-embed-gestor-del-servicio wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio\"><div class=\"wp-block-embed__wrapper\">\n<iframe loading=\"lazy\" title=\"Multas porque s\u00ed   Dra Natalia Tereszecuk I\" width=\"640\" height=\"360\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/86SmTcs2nX4?feature=oembed\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share\" allowfullscreen><\/iframe>\n<\/div><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>El primer caso es el de V\u00edctor. Cuenta que le lleg\u00f3 una multa del Municipio de Tres Arroyos sobre la Ruta Nacional 3 y pregunta si un municipio puede multar sobre rutas nacionales.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\u00abSi. Un personal municipal puede hacerlo con el apoyo de la autoridad nacional siempre en cuando este delegue esta facultad sobre el personal del municipio y lo haga sobre actas basadas en la ley nacional de tr\u00e1nsito\u00bb, explica la Doctora.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Por su parte, Anal\u00eda nos dice que su pap\u00e1 vendi\u00f3 el auto. En el momento aparecieron dos multas en lugares donde su padre nunca estuvo pero se hizo cargo por dos razones: la primera, no ten\u00eda c\u00f3mo justificar que no eran suyas y la segunda, por la necesidad de vender el coche. \u00bfSe puede hacer algo hoy?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\u00abSi ya pag\u00f3 la multa no hay forma de reclamar porque el pago es una forma de extinci\u00f3n de la infracci\u00f3n. Cuando uno tiene la seguridad de no haber estado en el lugar, lo que nosotros siempre aconsejamos a nuestros clientes es tener la prueba para desvirtuar el acta\u00bb.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Uno lo que debe demostrar es que el auto no estuvo ah\u00ed, y no que la persona no estuvo. Uno, como titular es responsable por todo lo que ocurre con ese veh\u00edculo. \u00abSi lo da en tenencia a un tercero, si ese tercero estuvo en el lugar y cometi\u00f3 la infracci\u00f3n tambi\u00e9n es responsable por esa falta. Si uno no tiene la prueba suficiente para demostrar eso, lamentablemente no va a poder hacer un descargo exitoso. En el caso de esta persona el descargo deber\u00eda haberlo hecho antes de abonar la multa y que el acta se extinguiera, y haber arrimado esta prueba\u00bb, detalla.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Agust\u00edn es de Mendoza. Hace cinco meses le lleg\u00f3 una multa de Capital Federal por pasar un sem\u00e1foro en rojo. Dice que lo raro de esto es que no conoce la Ciudad de Buenos Aires y que su auto lo compr\u00f3 0KM en la capital mendocina. Adem\u00e1s explica que hizo el reclamo por internet, envi\u00f3 una carta con aviso de retorno, nunca le contestaron y la infracci\u00f3n todav\u00eda figura.&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En este caso, la Dra. Tereszecuk aconseja al supuesto infractor a ejercer su derecho de defensa ante el controlador de faltas porte\u00f1o, ya sea personalmente o a trav\u00e9s de un apoderado. Luego debe acceder al expediente para ver si el acta que se confeccion\u00f3 cumple con los requisitos explicados en el art\u00edculo 3 de la ley 1217.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abEl acta si es manual deber\u00e1 enumerar ciertos datos del veh\u00edculo, como marca y dominio, y deber\u00e1 ver si estos datos coinciden. Si lo hace lamentablemente no vamos a poder rebatir el valor probatorio del acta\u00bb. Agrega tambi\u00e9n que en muchos casos el oficial que labr\u00f3 la infracci\u00f3n como cualquier ser humano se haya equivocado al poner mal un numero o letra de la chapa patente, y probablemente se desestime la multa y se la archive.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>N\u00e9stor explica que ven\u00eda manejando por la ruta 8 a la altura de Capit\u00e1n Sarmiento. La multa que le lleg\u00f3 dec\u00eda que iba a 94 kil\u00f3metros por hora, cuando la velocidad permitida era de 60. Nos dice que en ese lugar no hab\u00eda carteles que lo indiquen y ni tampoco que se\u00f1alen la presencia de un radar. Pregunta si puede apelar esa multa.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Tereszecuk En principio sabemos que en las rutas hay una m\u00e1xima permitida y que en tramos estas m\u00e1ximas se van reduciendo de acuerdo al estado de la misma, a su anchura o ante la presencia de pueblos y puentes.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Se entiende que la ley es conocida por todos y debemos saber qu\u00e9 velocidades usar a lo largo de una ruta. Tambi\u00e9n es real, y es un deber estipulado en la norma que el Estado debe se\u00f1alizar correctamente los tramos de reducci\u00f3n de velocidad y luego cuando debemos retomar la permitida.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abCuando nosotros estamos seguros que ese lugar no estaba bien se\u00f1alizado y que no corresponde la infracci\u00f3n, lo que siempre aconsejo es no quedarnos sin ejercer nuestro derecho a la defensa. Concurramos a los juzgados que funcionan bien, que los jueces nos escuchan y nos dan la oportunidad de ejercer nuestra defensa como corresponde. En ese caso solicitar\u00eda en marco de mi defensa y de mi expediente al se\u00f1or juez que envi\u00e9 un oficial a constatar que en el lugar de la infracci\u00f3n no hab\u00eda un cartel y que si el cartel no estaba el juez deber\u00eda desestimar el acta\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-embed is-type-rich is-provider-gestor-del-servicio wp-block-embed-gestor-del-servicio wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio\"><div class=\"wp-block-embed__wrapper\">\n<iframe loading=\"lazy\" title=\"Multas porque s\u00ed Dra Natalia Tereszecuk II\" width=\"640\" height=\"360\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/J5-Rwmb0i_g?feature=oembed\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share\" allowfullscreen><\/iframe>\n<\/div><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 pasa si no contesta un acta de infracci\u00f3n?, pregunta Ricardo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\u00abAnte un acta de infracci\u00f3n tomar acci\u00f3n\u00bb, recomienda Tereszecuk. No conviene esconderla en un caj\u00f3n u olvidarse que existe. Si llega una notificaci\u00f3n hay que abonarla, aun m\u00e1s si se quiere aprovechar el pago voluntario y si se est\u00e1 seguro que se cometi\u00f3.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abSi me llega una citaci\u00f3n a comparecer el proceso en la Ciudad de Buenos Aires, lo que aconsejo es comparecer el proceso. Si omitimos hacerlo y el controlador de faltas determina una sanci\u00f3n y dicta una sentencia, lo m\u00e1s probables es que con el tiempo se emita un certificado de deuda, que pasara a un mandatario para iniciar una ejecuci\u00f3n con v\u00eda de apremio de una deuda a favor del gobierno de la ciudad y ya en esa instancia no vamos a poder realizar ninguna defensa\u00bb.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Siempre ante la primera citaci\u00f3n lo mejor es presentarse, plantear la defensa y hacer el descargo. Luego, si se llega a alguna sentencia que resulte satisfactoria al presunto infractor se recomienda realizar el pago y extinguir cualquier tipo de acci\u00f3n que pueda llegar a tener el gobierno contra \u00e9l. Principalmente porque con el tiempo las multas aumentan, la unidad fija va increment\u00e1ndose y lo \u00fanico que se hace al dejar pasar el tiempo es perjudicarse.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-embed is-type-rich is-provider-gestor-del-servicio wp-block-embed-gestor-del-servicio wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio\"><div class=\"wp-block-embed__wrapper\">\n<iframe loading=\"lazy\" title=\"Multas porque s\u00ed   Dra Natalia Tereszecuk III\" width=\"640\" height=\"360\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/NUSM9UEaXFY?feature=oembed\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share\" allowfullscreen><\/iframe>\n<\/div><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfPuedo discutir el monto de una multa?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\u00abEl monto de la multa est\u00e1 fijado por ley. Cada multa tiene un valor que lo determina, en Capital Federal, la ley 451. Generalmente, la mayor\u00eda de las infracciones tienen un periodo de pago voluntario donde el gobierno de la Ciudad nos da la posibilidad de hacer un pago con un descuento del 50%\u00bb, define.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfPuedo discutir la decisi\u00f3n del juez?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Si. La Dra. Tereszecuk explica que la decisi\u00f3n de un juez o de un controlador de faltas siempre es apelable y revisable en segunda instancia por la justicia en lo Penal, Contravencional y de Faltas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfEs conveniente guardar el comprobante de pago?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\u00abSi. Siempre es conveniente guardarlo m\u00e1s all\u00e1 de que una vez que se paga, el expediente se archiva y la multa se da de baja del sistema. La multa es \u00fanica e irrepetible, con lo cual es improbable y es imposible que la multa vuelva a aparecer en el sistema. Pero siempre es aconsejable guardar los comprobantes de todo lo que se paga como un servicio o impuesto\u00bb.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Infracciones ajenas, municipios abusivos y radares escondidos son algunos de los problemas que te pueden<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":2618,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[6],"tags":[],"aioseo_notices":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/defiendase.com\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/multas_home.gif","post_mailing_queue_ids":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2612"}],"collection":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2612"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2612\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2620,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2612\/revisions\/2620"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2618"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2612"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2612"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2612"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}