{"id":1766,"date":"2017-03-03T20:45:00","date_gmt":"2017-03-03T20:45:00","guid":{"rendered":"http:\/\/defiendase.impulsatuidea.com\/?p=1766"},"modified":"2023-02-08T21:57:09","modified_gmt":"2023-02-08T21:57:09","slug":"cuando-el-viajar-no-es-un-placer","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/cuando-el-viajar-no-es-un-placer\/","title":{"rendered":"Cuando el viajar no es un placer"},"content":{"rendered":"\n<h3>Se vienen d\u00edas de receso laboral donde muchos ya han tomado la decisi\u00f3n de hacerse una escapada a otro lugar. Aviones y micros son los transportes m\u00e1s utilizados por estos d\u00edas. En esta nota de Defi\u00e9ndase.com te contamos lo que ten\u00e9s que hacer si las empresas de transporte no cumplen con lo necesario para llevarte a destino.<\/h3>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img src=\"https:\/\/www.defiendase.com\/media\/file\/viajarnewsite.jpg\" alt=\"Cuando el viajar no es un placer<br&gt;\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>Los principales problemas a la hora de viajar en avi\u00f3n seg\u00fan el Observatorio de Derecho del Turismo de la UBA son los siguientes:<br><br><strong>Sobreventa de Pasajes<\/strong>. Es la pr\u00e1ctica habitual de las compa\u00f1\u00edas a\u00e9reas que consiste en vender m\u00e1s billetes que el n\u00famero de plazas de avi\u00f3n en el que se hab\u00eda pactado el traslado de los viajeros a un cierto destino. Tiene lugar cuando se confir\u00adma para un vuelo determinado una cantidad de reservas o de asientos superior al de la ca\u00adpacidad de la aeronave.<br><br><strong>Demora de un vuelo<\/strong>. Con los consiguiente problemas que esto puede ocasionar. Perder una conexi\u00f3n a\u00e9rea, llegar tarde a un evento laboral, ver afectado un plan tur\u00edstico para el cual era fundamental llegar a horario.&nbsp;<br><br><strong>Cancelaci\u00f3n definitiva de un vuelo<\/strong>. Los problemas son los mismos que en el \u00edtem anterior pero agravados por la imposibilidad de abordar en lo inmediato otro vuelo.<br><br>Estos tres inconvenientes tienen en com\u00fan que el pasajero se queda abajo y no puede abordar el avi\u00f3n.&nbsp;<strong>\u00bfQu\u00e9 debe reclamar el pasajero si le ocurre alguno de los 3 casos anteriores?<\/strong><br><br>El transporte a\u00e9reo en la Argentina no est\u00e1 contemplado por la Ley de Defensa del Consumidor, por eso hay que tener en cuenta otras normas que lo regulan.<br><br>Para vuelos&nbsp;<strong>NACIONALES<\/strong>. (Aqu\u00ed rige la Resoluci\u00f3n M.E. y O. y S.P. N\u00b0 1532\/98, ARTICULO 12\u00ba)<br><br>El Dr. Hern\u00e1n G\u00f3mez, especialista en derecho aeron\u00e1utico, expres\u00f3 a Defi\u00e9ndase.com que si debido a circunstancias operativas, t\u00e9cnicas, meteorol\u00f3gicas o de \u00edndole comercial, el transportador cancela o demora un vuelo o la entrega de equipaje por m\u00e1s de cuatro horas, o deniega el embarque porque no puede proporcionar espacio previamente confirmado (overbooking o sobreventa), o no puede hacer escala en el punto de parada &#8211; estancia o de destino del pasajero, o causa a un pasajero la p\u00e9rdida de un vuelo de conexi\u00f3n para el que ten\u00eda una reserva confirmada, el pasajero, tendr\u00e1 el derecho a:<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img src=\"https:\/\/www.defiendase.com\/media\/file\/infoviaje1.jpg\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>El pasajero tambi\u00e9n puede optar por la inmediata devoluci\u00f3n del precio del contrato de transporte no utilizado y conforme a las modalidades de pago efectuadas.<br><br>Aquellos pasajeros que, voluntaria y expresamente, acepten la compensaci\u00f3n por embarque denegado y a realizar el transporte en alguna de las condiciones detalladas en este inciso, no tendr\u00e1n derecho a efectuar ning\u00fan tipo de reclamo posterior al transportador, sin perjuicio de ser beneficiados con los servicios incidentales que provea el transportador a su cargo ante esta situaci\u00f3n.<br><br>Asimismo, la compa\u00f1\u00eda a\u00e9rea proporcionar\u00e1 al pasajero, sin cargo para el mismo, los siguientes servicios incidentales:<br><img alt=\"\" src=\"https:\/\/www.defiendase.com\/media\/file\/infoviaje2.jpg\"><\/p>\n\n\n\n<p>En caso de overbooking o sobreventa, el presente r\u00e9gimen no ampara al pasajero que no se haya presentado en el lugar y a la hora indicada por el transportador, o que no haya cumplido con los requisitos de confirmaci\u00f3n o reconfirmaci\u00f3n de reserva de acuerdo a las regulaciones del transportador. Por eso se recomienda siempre llegar puntual.&nbsp;<br><br>Check in normal, con equipaje en&nbsp;<strong>vuelos nacionales<\/strong><strong>120 minutos antes.<\/strong><br><br>Check in normal, con equipaje en&nbsp;<strong>vuelos internacionales<\/strong>&nbsp;<strong>180 minutos antes.&nbsp;<\/strong><br><br><strong>\u00bfD\u00f3nde reclamar para vuelos NACIONALES?<\/strong><br>La Dra. Karina Barreiro, especialista en Derechos del Turista expres\u00f3:&nbsp;<em>?Primero hay que hacer el reclamo con los representantes de la aerol\u00ednea y exigir una copia del reclamo. Tambi\u00e9n puede efectuarse un reclamo en la ANAC, el \u00f3rgano de control de esta actividad, pero esta instancia tendr\u00e1 como fin s\u00f3lo que se multa a la compa\u00f1\u00eda a\u00e9rea y no un resarcimiento al pasajero. Si la compa\u00f1\u00eda no realiza un resarcimiento adecuado basado en los da\u00f1os ocasionados, se deber\u00e1 pactar una mediaci\u00f3n (obligatoria en CABA) y si aqu\u00ed no hay acuerdo se podr\u00e1 recurrir a la instancia judicial.?<\/em><br><br><strong>\u00bfY para vuelos INTERNACIONALES?<\/strong>&nbsp;(Aqu\u00ed rige el Convenio de Montreal de 1999)&nbsp;<br><br>Los derechos son los mismos que los enunciados para el transporte de cabotaje. Pero en vuelos internacionales se contempla una compensaci\u00f3n monetaria para el pasajero de hasta&nbsp;<strong>4150 Derechos Especiales de Giro<\/strong>. (Es la unidad de penalidad utilizada a nivel internacional en el transporte a\u00e9reo, basado en el promedio de valor de varias monedas internacionales.&nbsp;<strong>1 DEG est\u00e1 actualmente en U$S 1.50 (aprox).&nbsp;<\/strong><br><br><strong>Otros problemas con el transporte a\u00e9reo:<\/strong><br><br><strong>P\u00e9rdida de equipaje o robo total del equipaje<\/strong>. Se habla de equipaje de mano y de equipaje propiamente dicho o equipaje que se despacha a bodega cuando exceda de las medidas reglamentarias y\/o el peso para llevarlo en cabina. El pasajero tiene derecho a llevar estos dos tipos de equipaje y que los mismos lleguen a destino en iguales condiciones.<br><br><strong>Robo de cosas puntuales dentro del equipaje.<\/strong><br><br>Estos dos \u00faltimos casos pueden tambi\u00e9n arruinar unas buenas vacaciones. Ya que si llegamos a un destino y no tenemos ropa se deber\u00e1 gastar dinero que no se ten\u00eda planeado gastar y tiempo en solucionar este problema fundamental. Si lo que se rob\u00f3 es una c\u00e1mara a lo mejor ah\u00ed se ten\u00edan muy buenos recuerdos de un viaje. En cualquier caso la p\u00e9rdida o robo del equipaje har\u00e1n que el viaje ya no sea el mismo.<br><br><strong>\u00bfC\u00f3mo se reclama en estos casos?<\/strong><br>Para&nbsp;vuelos NACIONALES&nbsp;(RESOLUCI\u00d3N M.E. y O. y S.P. N\u00b0 1532\/98, ARTICULO 9\u00ba)<br><br>El pasajero debe presentarse al mostrador de la l\u00ednea a\u00e9rea y hacer el reclamo formal solicitando la entrega de una constancia del mismo, dentro del plazo indicado. Las l\u00edneas \u00e1reas suelen ser reticentes en aceptar el reclamo, pero es un derecho que el pasajero debe hacer valer.<br><br>En el transporte de equipaje registrado la responsabilidad de la aerol\u00ednea queda limitada hasta la suma de&nbsp;<strong>DOS (2) ARGENTINOS ORO por kilogramo de peso bruto perdido o robado<\/strong>&nbsp;(<strong>Cada argentino oro hoy est\u00e1 en pesos 2500<\/strong>&nbsp;y es la unidad establecida para resarcir a los pasajeros en el C\u00f3digo Aeron\u00e1utico Argentino) En lo que respecta a los objetos cuya guarda conserva el pasajero, la responsabilidad del transportador queda limitada hasta la suma de CUARENTA (40) ARGENTINOS ORO por pasajero.<br><br>La Dra Karina Barreiro expres\u00f3:&nbsp;<em>?Lo ideal es hacer el reclamo en el momento. Buscar testigos que puedan dar cr\u00e9dito de que el equipaje no apareci\u00f3 o que le faltan elementos. Pedir una constancia escrita del reclamo. Si la aerol\u00ednea no indemniza al pasajero se deber\u00e1 ir a mediaci\u00f3n y luego a juicio. El tal\u00f3n de equipaje que se entrega al momento de hacer el check in es una herramienta de prueba importante para demostrar que el equipaje no se entreg\u00f3. Para probar que efectivamente el pasajero llevaba determinados art\u00edculos deber\u00e1 contar con testigos, facturas que avalen las compras y se tendr\u00e1 en cuenta el peso del equipaje y las supuestas cosas que pudo haber llevado en relaci\u00f3n al viaje que hac\u00eda (Ej: si declara que tenia un tapado de piel de $10000 y viajaba a las Bahamas va a ser poco cre\u00edble). Tambi\u00e9n se debe realizar la denuncia en la Polic\u00eda Aeroportuaria. Esta denuncia dejar\u00e1 constancia y servir\u00e1 de eventual prueba en un juicio contra la aerol\u00ednea.?<\/em><br><br>Si el equipaje perdido finalmente aparece, la aerol\u00ednea deber\u00e1 efectuar la entrega, sin cargo, al destinatario o a la persona que \u00e9ste indique y en el lugar que a tal efecto determine.<br><br>La demora en la entrega del equipaje no ser\u00e1 imputable al transportador por razones t\u00e9cnicas o meteorol\u00f3gicas, \u00e9ste no tendr\u00e1 responsabilidad alguna, excepto en caso de negligencia probada, en cuyo caso responder\u00e1 dentro de los l\u00edmites de la Convenci\u00f3n.<br><br><strong>Para vuelos INTERNACIONALES<\/strong><br>Para vuelos internacionales, el art\u00edculo 22, inciso 2 de Montreal de 1999 establece que&nbsp;<em>:\u00bbEn el transporte de equipaje, la responsabilidad del transportista en caso de destrucci\u00f3n, p\u00e9rdida, aver\u00eda o retraso se limita a 1.000 derechos especiales de giro por pasajero\u00bb.<\/em>&nbsp;Los modos de reclamar son iguales a los de los vuelos nacionales.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Problemas con los micros de larga distancia:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Son el transporte rentado m\u00e1s popular utilizado a la hora de salir de vacaciones.&nbsp;Los problemas que pueden ocurrir son las demoras o cancelaciones y las p\u00e9rdidas o robo de equipaje.&nbsp;<br><br>En caso de demoras o cancelaciones rige el&nbsp;<strong>art\u00edculo 10 bis de la ley de Defensa del Consumidor:<\/strong><br><br>El incumplimiento de la oferta o del contrato por el proveedor, salvo caso fortuito o fuerza mayor, faculta al consumidor, a su libre elecci\u00f3n a:<br><br><strong>a)<\/strong>&nbsp;Exigir el cumplimiento forzado de la obligaci\u00f3n, siempre que ello fuera posible;<br><br><strong>b)<\/strong>&nbsp;Aceptar otro producto o prestaci\u00f3n de servicio equivalente;<br><br><strong>c)<\/strong>&nbsp;Rescindir el contrato con derecho a la restituci\u00f3n de lo pagado, sin perjuicio de los efectos producidos, considerando la integridad del contrato.<br><br>Todo ello sin perjuicio de las acciones de da\u00f1os y perjuicios que correspondan.<br><br>Se deber\u00e1 hacer el reclamo en la compa\u00f1\u00eda y tambi\u00e9n en la CNRT. Si no hay un resarcimiento ir a cualquier sede de Defensa del Consumidor. All\u00ed convocar\u00e1n a una mediaci\u00f3n con la empresa. En caso de que el pasajero no quede satisfecho podr\u00e1 ir a juicio por los da\u00f1os percibidos.&nbsp;<br><br>Siempre conserve el ticket de viaje. Anote los datos de testigos que puedan brindar un testimonio probatorio del incumplimiento de la empresa.<br><br><em><strong>Defiendase.com<\/strong><\/em>&nbsp;4300-0330<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se vienen d\u00edas de receso laboral donde muchos ya han tomado la decisi\u00f3n de hacerse<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0},"categories":[5],"tags":[],"aioseo_notices":[],"jetpack_featured_media_url":"","post_mailing_queue_ids":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1766"}],"collection":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1766"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1766\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1767,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1766\/revisions\/1767"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1766"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1766"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defiendase.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1766"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}