Todo lo que sube… ¿baja?

Todo lo que sube… ¿baja?

A partir del mes que viene los colegios privados con subención del Estado de todo el país registrarán una suba en sus cuotas. Se trata de una modificación basada en el último aumento salarial docente. ¿Qué pasa si esta modificación ene el arancel es desmedida? ¿Tengo alguna manera de reclamar?

En la provincia de Buenos Aires, se verán afectados los padres de 1,2 millones de alumnos. El aumento se llevará a cabo mediante contribuciones adicionales que irían de los 30 a los 60 pesos anuales (varía según el porcentaje de subvención estatal que reciben), a pagar en 3 a 5 cuotas.

En la Ciudad de Buenos Aires sufrirán el aumento los papás de aproximadamente 225.000 chicos. Se cobrará en tres meses y las cuotas serán de entre 9 y 15 pesos.

Esta suba en los aranceles forma parte de un acuerdo entre las instituciones privadas y el Gobierno. La medida alcanza a los colegios que reciben subsidios del Estado y también a los de arancel libre. El aumento será de carácter transitorio. Las variciones se dan por la situación particular de cada establecimiento educativo.

¿Cómo puedo reclamar si ya venían aumentando la cuota antes de este acuerdo?
El Dr. Oscar Bermejo, asesor jurídico de Defensa del Consumidor, explicó a Defiéndase que con los colegios hay un contrato de acuerdo voluntario, en el cual el establecimiento tiene el deber de informar para que los padres sepan a que parámetros se van a sujetar. En un servicio educativo hay un año lectivo en el que el consumidor debe saber las posibles variaciones del precio de la cuota.

Recordó también uno de los artículos de la ley de Defensa del Consumidor: “quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios, deben suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos.”

¿Cómo hay que hacer el reclamo ante Defensa del Consumidor?
Debe dirigirse a la oficina de este organismo que corresponda al lugar donde está ubicado el colegio. Allí debe presentar una nota explicando brevemente los hechos que originan la denuncia, la cual debe contener: sus datos personales (nombre, domicilio, DNI y un teléfono) y los datos del colegio. Además se deben adjuntar dos copias de toda la documentación intercambiada con el establecimiento educativo (facturas, recibos, notas, cartas, etc.).

El procedimiento contempla una instancia conciliatoria tendiente a que las partes arriben a un acuerdo. Para ello las partes se juntan en audiencias acompañadas de un conciliador designado por el organismo. De producirse el acuerdo se labra el acta correspondiente y se procede al archivo de las actuaciones, quedando ambas partes obligadas al cumplimiento del acuerdo.

En el caso de que el acuerdo no se pueda llevar a cabo, el organismo continúa de oficio las actuaciones con la finalidad de detectar las presuntas infracciones cometidas, y hacer justicia.

¿Qué hago si el colegio se excede en los montos del aumento?
El abogado especialista en derecho civil, Esteban Otero, explicó que una vez firmado el contrato con el colegio privado este queda facultado para hacer ciertos aumentos con un criterio sustentado y que no sea desmedido. Igualmente los padres deben ser notificados del mismo y tienen derecho a pedir un informe al colegio sobre los motivos del incremento.

El Dr. Otero añadió que si el aumento es desmedido, se puede tomar como un ejercicio abusivo del contrato. De ser así se puede iniciar un juicio de consignación solicitando que el juez dictamine el precio correcto de la cuota (que era el que se abonaba antes de que aumente), argumentando que el aumento no es legal.

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