¿Se puede evitar el recorte de sueldos?

Si se cansó de que le metan la mano en el bolsillo con cada nuevo ajuste del Gobierno, le aconsejamos recurrir al Juez o al Ombusman mediante una acción de amparo que plantee la inconstitucionalidad de la rebaja salarial.
¿Cómo puede defenderse el trabajador de este tijeretazo al sueldo? Aquí conviene hacer una distinción al respecto. La Ley Laboral que todos conocemos es la que rige para el sector privado. Dicha ley prohibe al empleador hacer una rebaja colectiva de los salarios de sus empleados, porque esto altera las cláusulas del contrato y por ende, daría lugar a reclamos indemnizatorios. En teoría, es así. Pero la realidad es que las empresas privadas, amparadas por la crisis económica y la inestabilidad laboral, aplican este tipo de recortes de sueldos sin mayor resistencia por parte de sus empleados, que no protestan por miedo a perder el empleo. En cuanto a los empleados estatales, no hay una ley de contrato de trabajo que los resguarde. Los estatales siguen estando bajo el régimen jurídico básico de la administración pública. El único logro al que se arribó hasta ahora, es la celebración de convenios colectivos para el sector público. Si consideramos que todos los actos del Estado se presumen legítimos a menos que se demuestre lo contrario y que los trab ajadores gozan de la garantía de estabilidad del empleo que los protege contra el despido arbitrario, pero no contra las medidas intermedias – como en este caso una rebaja de sueldos -, nos damos cuenta que hay muy pocos mecanismos de defensa por más inconstitucional que resulte la medida. ¿Puede hacer un reclamo administrativo? Sí, pero en este caso las posibilidades son pocas porque el Estado es Juez y Parte y será muy difícil que el mismo Estado contradiga una decisión tomada antes por él. ¿La acción de amparo puede ser una alternativa? Si. Tanto el Defensor del Pueblo de la Nación como el Defensor de la Tercera Edad pueden solicitar al Juez una acción de amparo. El Juez Laboral o en lo Contencioso Administrativo Federal puede dictar el amparo con una medida cautelar de no innovar en forma provisoria hasta que se resuelva el asunto. ¿El trabajador puede iniciar una acción de amparo? También. Puede hacerlo él por derecho propio o con patrocinio letrado. También puede pedir la asistencia del gremio al cual pertenece u otorgarle el mandato a éste para que actúe en su representación. En la acción de amparo tendría que constar el planteo de inconstitucionalidad de la rebaja salarial.