¿Qué garantía tengo?

El producto que usted compró, todavía está en garantía. Pero el fabricante ni el vendedor se la quieren reconocer. Para eso está Defensa del Consumidor.
Supongamos que usted compró una heladera y al poco tiempo dejó de funcionar. La garantía está vigente pero el comercio donde la compró no se quiere hacer cargo. En los Tribunales Arbitrales o en Defensa del Consumidor, puede estar la solución. Hace días que la heladera es solo un adorno. Y eso que la compró hace poco. El que se la vendió, dice que reclame el arreglo al fabricante o al distribuidor. Usted llama al servicio técnico pero nadie contesta. El tiempo pasa, la comida se pudre… y usted sin heladera y, si no se apura, también sin garantía. No se preocupe si por su heladera nueva o usada, no le dieron el papel con la garantía porque, de todas formas, está protegida por una garantía mínima obligatoria de tres meses. Esta protección legal, surgió en 1998 de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor para cubrir en garantía durante 90 días a partir de la fecha de compra, todos los productos durables (ropa, electrodomésticos, autos, etc.), salvo en el caso de mal uso. La otra garantía es la contractual, que otorga el fabricante o distribuidor del producto. Su duración dependerá del artículo en venta o de la marca. Existen comercios que, además de la garantía de fábrica, otorgan un seguro adicional. Nora Luzi, Directora de Actuaciones por Infracción de la Secretaría de Defensa del Consumidor, advirtió que ´antes de comprar un producto se debe preguntar: qué garantía tiene, quién otorga esa garantía y por cuánto tiempo tiene vigencia´. Y recomendó ´leer la letra chica de cualquier contrato porque es tan importante como la grande´. Si a pesar de contar con la garantía vigente, nadie se hace responsable de que su heladera no enfríe, puede recurrir como primera medida a los Tribunales Arbitrales. ¿Qué son los Tribunales Arbitrales? Una manera rápida y gratuita de encontrar la solución a cualquier problema que tenga con un producto. No se fijan montos mínimos ni máximos para poder hacer el reclamo. El Tribunal, compuesto por un representante del usuario, uno del empresario y uno del Estado, citará a las partes para llegar a un acuerdo. Para hacer el reclamo, solo tiene que llevar el DNI, la factura de compra y (en este caso) el talón de la garantía. Más de cien empresas ya se adhirieron a este sistema, porque además de ser una vía alternativa a la judicial, permite a las empresas mostrar una mayor transparencia de sus acciones. ¿Qué pasa si la empresa no se presenta? Si está adherida, decide el árbitro. Si no está adherida y no asiste a la audiencia, el escrito que presenta el consumidor se convierte en denuncia y el expediente pasa al organismo de Defensa del Consumidor. Los Tribunales no tratan temas referidos a servicios públicos. Tampoco tienen facultades para sancionar a las empresas. Solo sirven para articular el diálogo entre las partes en conflicto. Los Tribunales Arbitrales tienen sede en la Capital Federal pero su competencia abarca todo el país. Por lo tanto, si usted compró la heladera en un comercio ubicado fuera del distrito porteño, puede igualmente presentar la queja ante estos Tribunales. La otra opción: Defensa del Consumidor El consumidor que vive lejos de la Capital Federal, tiene la opción de hacer la denuncia ante el organismo de Defensa del Consumidor más próximo a su casa. Este organismo se ocupa de dar solución a problemas de consumo, sin importar el valor que tenga el producto o servicio por el cual se reclama. No atiende los problemas con servicios públicos domiciliarios, los cuales serán derivados a los entes reguladores. El proceso es similar al de los Tribunales Arbitrales. El organismo cita a las partes a una audiencia de conciliación. A diferencia de aquellos, aquí sí puede haber una sanción para la empresa, aunque no un resarcimiento para el consumidor. Puede suceder que la empresa no se presente a la mediación, que usted busque una reparación económica o que, simplemente no llegó a un acuerdo en la conciliación. Para todos estos casos, existe una vía más de reclamo: la judicial.