Prorrogan por otros 60 días la prohibición de despidos

La clave: las empresas no podrán alegar causas de fuerza mayor. Tampoco habrá suspensiones
A más de 60 días de iniciada la cuarentena obligatoria a causa del coronavirus, el gobierno nacional hizo efectiva la prorroga que prohíbe despidos sin justa causa mediante un nuevo DNU. La medida rige por dos meses, hasta el 31 de julio inclusive, e incluye la imposibilidad de efectuar suspensiones con las mismas causales.
De esta forma se extiende la prohibición para que las empresas despidan trabajadores con el argumento de fuerza mayor debido a la crisis económica generada por el aislamiento social, preventivo y obligatorio necesario para evitar una mayor propagación del Covid-19 en nuestro país.
La nueva medida establece que «aquellos despidos o suspensiones que se dispongan en violación a lo dispuesto por este decreto no producirán efecto alguno, y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales».

La clave en el decreto 487:
ARTÍCULO 2: «Prorrógase la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 329/20″.
El documento además detalla que quedan exentas las suspensiones pactadas individual o colectivamente, u homologadas por la autoridad de aplicación en el marco de los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
La prohibición de despidos fue decretada inicialmente el 31 de marzo pasado, por medio del DNU 329/2020 también por 60 días, al finalizar la primera etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio.