Licenciado en acoso sexual

Un empleado de una fábrica fue despedido por acosar sexualmente, durante la jornada laboral, a varias empleadas que tenía a su cargo. Las mujeres lo habían denunciado a los dueños de la empresa. ¿Qué hay que hacer si se padece este tipo de abuso en el trabajo? ¿Cómo se prueba el acoso?
Todos los días, al llegar a su trabajo, María sabía lo que le iba a pasar. Su jefe, comenzaría a decirle frases subidas de tono e insinuaciones de índole sexual bajo la indiferencia del resto de los empleados.
En el fallo en el cual la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral determinó que el despido del empleado había sido justo, también se vertieron algunas consideraciones con respecto al acoso sexual en el trabajo
La mayoría de las definiciones de acoso sexual integran tres elementos: un comportamiento de carácter sexual, no deseado, y que la víctima percibe como algo que se ha convertido en una de las condiciones de trabajo o ha creado un entorno de trabajo hostil, intimidatorio y humillante. Puede adoptar la forma de contactos físicos, insinuaciones sexuales, comentarios y chistes de contenido sexual, exhibición de materiales pornográficos o comentarios fuera de lugar y no deseados sobre el aspecto de una persona. Hay muchos ejemplos en todo el mundo de casos conocidos de acoso sexual. En un número abrumador las víctimas son mujeres, pero cada vez hay más casos de hombres acosados por mujeres, y también los hay de acoso dentro del mismo sexo. Las principales víctimas son mujeres jóvenes que ocupan su primer empleo. La víctima suele ser una persona vulnerable, por su edad o nivel laboral. En algunos casos, la timidez o el condicionamiento social aumenta la vulnerabilidad de la víctima.
En la actualidad, unos 36 países tienen una normativa específicamente dirigida contra el acoso sexual. En nuestro país todavía no existe una ley que contemple estos casos. Si bien algunos episodios de acoso sexual graves pueden configurar un delito penal (violación o delito sexual sancionados en el artículo 119 del Código Penal) no es la vía penal la solución para la mayoría de los frecuentes casos que ocurren cotidianamente.
¿Cómo se prueba el acoso sexual en el trabajo?
El Dr. Luis Otero expresó que es fundamental contar con el testimonio de testigos que estén dispuestos a declarar y a contar las humillaciones que el trabajador está padeciendo. Esto es difícil ya que a veces los compañeros de trabajo, a veces únicos testigos, tienen temor de que se tomen represalias contra ellos. En algunos casos los abusos se plasman en papeles escritos o correos electrónicos, sin embargo el porcentaje de estos elementos de prueba es menor. Actualmente la mayoría de los teléfonos celulares graba imágenes y sonido. Intente registrar los acosos con estos aparatos.
¿Cómo puedo ponerle fin a los abusos?
Se recomienda en primer lugar enviarle al empleador un telegrama laboral (que es gratuito a diferencia de la carta documento) exigiéndole que termine con los abusos, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales. Informá también a las autoridades de la empresa sobre esta situación, a aquellos que estén por encima de tu jefe.
Si a pesar de esta medida los acosos continúan, los mismos se podrán considerar una injuria laboral, motivo para el empleado de considerarse despedido sin justa causa. En caso de que esto suceda, exigí que te hagan la liquidación correspondiente en la cual deberá estar incluida la indemnización merecida. Si no quieren indemnizarte, podes iniciar contra la empresa un juicio laboral por despido. También se podrá iniciar contra el responsable un juicio civil en el cual se le reclamará una indemnización monetaria por los daños y perjuicios sufridos.
Las denuncias por acoso sexual en el ámbito laboral han ido creciendo considerablemente en estos últimos años. Sin embargo los juicios a veces no llegan a buen puerto por la falta de testigos dispuestos a declarar en contra de su empleador.
¿Tengo algún otro camino, antes de llegar al juicio por despido?
Tenés que pasar por la instancia de la conciliación obligatoria, la cual no puede evitarse si la empresa se encuentra en el ámbito de la Capital Federal. Por medio de esta mediación se podrá lograr un acuerdo con tu empleador para que cese en sus abusos y de esa forma mejoren tus condiciones de trabajo. El Servicio de Conciliación Obligatoria (SECLO), recibe consultas de 10 a 17 en el teléfono 4370-4280/4281. Si no se ponen de acuerdo, el juicio será la única alternativa posible. Si la empresa opera en la provincia de Buenos Aires comuníquese al (0221) 429-3600 para ponerse al tanto de los métodos de conciliación posibles.
Otra alternativa puede ser la de realizar la denuncia en el Ministerio de Trabajo. Las mismas pueden ser anónimas. Según fuentes del Ministerio, a los 30 días de recibida la denuncia se procede a realizar una inspección en el lugar de trabajo. Se reciben casos al 0-800-666-4100.
Estudio JURIVIS S.C.