Enfermedades profesionales

En los últimos 4 años los casos de enfermedades laborales aumentaron un 225 %. En 2001 la Superintendencia de Riesgos de Trabajo recibió casi 10 mil denuncias por este problema. ¿Cómo pueden prevenirse? ¿Quién se hace responsable si me enfermo por las malas condiciones laborales?
¿Cómo se determina si una enfermedad es profesional? Por la presencia de algún tipo de infección en el lugar de trabajo, que por sus propiedades puede producir un daño en la salud del trabajador. Para determinar si existe relación entre la enfermedad del empleado y el agente nocivo encontrado en el ámbito laboral, deben reunirse pruebas de orden clínico o patológico. ¿Qué debe hacer la empresa para disminuir los riesgos? En primer lugar, garantizar la higiene y saneamiento del ambiente de trabajo. Monitorear en forma periódica la salud de los empleados a través de exámenes médicos, para lograr la detección precoz de afecciones y prevenir el desarrollo de la enfermedad. ¿Qué otras medidas preventivas debe tomar el empleador? Debe abastecer a los trabajadores con elementos de protección personal y explicarles cómo utilizarlos en forma correcta. Tiene que instrumentar programas de vigilancia para identificar los agentes nocivos que pueden dañar la salud del empleado. Determinar, también, la intensidad máxima de exposición que los trabajadores pueden tener a estos factores. Un ejemplo clásico es el ruido. En todas las industrias en que se encuentre presente este agente de riesgo, se deben llevar adelante las medidas de ingeniería necesarias para reducir su nivel. Ante la dificultad técnica para su reducción, se debe proveer al trabajador de orejeras que disminuyan el impacto del sonido. Si el lugar de trabajo daña la salud del empleado, ¿qué se puede hacer? La Superintendencia de Riesgos de Trabajo de la Nación (S.R.T.) podrá determinar la reducción de la jornada laboral por insalubridad. Una vez dictada esta resolución, los empleados no podrán desempeñarse en sus tareas por más de seis horas diarias. No obstante, el licenciado Jorge Cutuli, presidente del Instituto Argentino de Seguridad, explicó a Defiéndase que “la reducción de la carga horaria no garantiza la inmunidad del trabajador”. Agregó que el hecho de canjear salubridad por una jornada menor “hace que los empresarios no hagan nada para mejorar el ambiente laboral.” ¿Quién debe hacerse responsable si me enfermo? El empleador, puesto que, por ley, está obligado a contratar una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (A.R.T.). Si el trabajador sufre alguna enfermedad, la A.R.T. se encargará de brindarle atención médica y, cuando corresponda, accederá a pagar una indemnización. Si el empleador no se afilió a ninguna aseguradora, él mismo tendrá que cargar con los gastos que deriven de la enfermedad del paciente, quien además le podrá iniciar una demanda por daños y perjuicios. ¿Qué debo hacer en caso de enfermedad laboral? Tiene que realizar la denuncia formal ante la ART para recibir de forma inmediata la atención médica requerida y notificar al responsable de la empresa donde trabaja sobre su estado de salud. ¿Qué tendrá en cuenta la A.R.T. para considerar mi enfermedad como profesional? Las afecciones laborales que deben cubrir las aseguradoras están incluidas en el listado de enfermedades profesionales que elabora todos los años el Poder Ejecutivo, donde se identifican agentes de riesgo y cuadros clínicos. ¿Qué sucede si mi enfermedad no figura en la lista? En el decreto 1278 del año 2000 se establece que las Comisiones Médicas Periféricas, organismos dependientes de la S.R.T, pueden determinar el carácter profesional de nuevas patologías originadas en el ámbito laboral. La Comisión Médica Central verificará los dictámenes y establecerá las prestaciones médicas que deba recibir el trabajador. ¿Y si la A.R.T. no reconoce mi enfermedad como profesional? Tiene que recurrir a la comisión médica de su jurisdicción o a la comisión central, con toda la documentación que acredite el carácter laboral de la afección. El informe presentado debe incluir exámenes patológicos, declaración de testigos y todo elemento que pueda ayudar a la prueba. Las comisiones realizarán estudios médicos en el trabajador y tratarán de resolver cualquier diferencia entre el empleado y la A.R.T. En todos los casos el procedimiento será gratuito para el damnificado, incluyendo traslados y estudios complementarios.