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La Corte Suprema de Justicia resolvió ayer que son inconstitucionales las reducciones a las jubilaciones superiores a 500 pesos y a los salarios de los empleados del sector público. De este modo, los afectados por los recortes vigentes desde la gestión de De la Rúa, deberían cobrar sin el descuento. Pero ¿qué va pasar con el dinero que ya fue podado?
La Corte evaporó ayer la volátil calma del gobierno al declarar inconstitucional el recorte del 13% a los haberes de los empleados públicos y de los jubilados que cobran más de 500 pesos. Si bien lo resuelto por el alto tribunal se aplica sobre el caso de un militar en actividad de las FFAA, que había presentado un recurso de amparo contra el Ministerio de Defensa afectado por la rebaja de su salario, la sentencia sienta precedente para extender el beneficio a todos los afectados por el recorte. Por mayoría de 7 votos contra 2, los magistrados decidieron que eran inconstitucionales los decretos 430/00 y su complementario 896/01, dictados durante el gobierno de De la Rúa, así como también la Ley 25453 de déficit cero, diseñada por el entonces superministro Cavallo, y por la cual se ratificaba en el Congreso la quita salarial dispuesta por el Ejecutivo. En sus fundamentos, los jueces expresaron que la reducción “afecta los derechos constitucionales de la propiedad y los que tutelan la relación laboral” y que las normas en cuestión carecen de “razonabilidad”, ya que a la depreciación de los haberes producida a raíz de la devaluación, se le sumaba la reducción salarial, doblemente perjudicial para los alcanzados por el recorte. En el fallo, los magistrados aclararon que la medida es de carácter retroactivo a la fecha de aplicación del recorte, por lo que le será devuelto al militar el dinero descontado de su sueldo desde julio de 2001. Con el golpe que le asestó ayer la Corte a la gestión del presidente Duhalde, el Estado dejaría de ahorrar 200 millones de pesos mensuales, a partir del mes próximo, puesto que la medida sería de cumplimiento inmediato. En el gobierno están muy preocupados porque no se cuenta con los fondos disponibles para afrontar el pago de los haberes y mucho menos del retroactivo. En un momento en que el gobierno sufre una extrema debilidad – y más allá de la justicia del reclamo – el actual fallo de la Corte tendría la finalidad política de responderle a Duhalde por la indefinición en el juicio político a los magistrados, del cual el presidente fue su promotor y, durante los meses en que el tema está en manos de los legisladores, nada hizo por frenarlo. Más allá de los tira y afloja entre el gobierno y los jueces, ¿qué va a suceder con los simples mortales, ajenos a las disputas del Poder, pero esperanzados en lograr recuperar lo que les fue quitado injustamente hace un año? ¿Podrán exigir el retroactivo desde julio de 2001? ¿Qué hacer si el gobierno no paga hacia atrás? ¿Y si mantiene la reducción de sueldos y jubilaciones, desoyendo lo resuelto por la Corte? ¿La retroactividad alcanza a todos los afectados por el recorte? Sí, puesto que el fallo se expide sobre el fondo de la cuestión, tachando de inconstitucionalidad la Ley de déficit cero y los decretos donde se dispusieron las reducciones a los sueldos públicos y a las jubilaciones. El problema está en si el gobierno podrá hacer efectivo el cumplimiento de la medida, porque además de no recibir más los 200 millones que ahorraba cada mes, el Estado deberá desembolsar 2400 millones para devolver los descuentos anteriores desde julio del año pasado. Por esta razón y porque si bien el fallo pretende el cese del recorte, en cuanto al retroactivo, éste sólo beneficia al militar favorecido por el dictamen de la Corte, “quienes pretendan reclamar por los haberes descontados por el término de un año, tendrán que iniciar juicio al Estado, porque de otra manera, difícilmente vayan a cobrarlo”, afirmó a Defiéndase el abogado laborista Gustavo Pasquali. Si el gobierno se niega a aplicar el retroactivo a nivel general, los empleados públicos y los jubilados perjudicados, deberán citar por analogía el precedente del fallo del tribunal superior y plantear la demanda en el fuero Contencioso Administrativo Federal, para los afectados de la Ciudad de Buenos Aires y en los juzgados federales, en el caso de los demandantes de las provincias. El especialista señaló que están en mejores condiciones de recuperar ese dinero “las muchas personas que iniciaron juicios contra el Estado apenas comenzaron a aplicarse las reducciones y cuyas causas hoy están en un estado avanzado”. ¿Y si el gobierno no acata el fallo y insiste con el recorte? En ese caso cabe la presentación de una acción de amparo contra el Estado Nacional para solicitar el cese del perjuicio, en virtud de la declaración de inconstitucionalidad de las normas expresada ayer por la Corte Suprema.