¡Ataque Informático!

¡Ataque Informático!

La ley de delitos informáticos (26.388) publicada el año pasado, no contempla ciertas maniobras delictivas que son utilizadas habitualmente en la red y que generarían nuevos delitos. ¿Cuales son estos delitos? ¿Cómo pueden prevenirse? ¿Que debo hacer en caso de ser la víctima? ¿Cómo se esta tratando el tema?

En Argentina –como todo el mundo- cada vez hay más gente que se hace muy “amiga” de Internet y todos sus “componentes”. Sin embargo, el usuario habitual desconoce los riesgos a los que está sometido constantemente o -en caso de desconocerlos- no sabe realmente como hacer para poder prevenirlos. En esta nota se explicará cuáles son y cómo se hace para protegerse.

Los nuevos delitos informáticos

Dentro de esta nueva modalidad de delitos informáticos, el “robo de identidad” es uno de los más cometidos. ¿De qué se trata? Que mediante la red sustraen números de DNI, tarjetas de crédito y débito, cheques, datos personales como fechas de nacimiento, direcciones de domicilios, entre otros puntos.
  Otra maniobra muy utilizada es el “Grooming”, un subtipo de extorsión utilizado para atraer por lo general víctimas vulnerables, como por ejemplo menores de edad, a quienes se los extorsiona vía red.
  Y por último se encuentra el “Ciberbullying”. Un tipo de hostigamiento digital o informático, el cuál es utilizado por lo general mediante el robo de fotografías, imágenes y videos (ya sean personas públicas o no), obviamente utilizados con un claro objetivo delictivo.

Explicaciones personales
El Doctor Daniel Monasterky, especialista en delitos informáticos, fue consultado por Defiendase.com y brindó una variada información sobre estos delitos y explicó uno por uno la diferencia entre ellos. 

¿Como se puede prevenir estos “robos” informáticos?
El mayor problema de estos delitos es que la mayoría de los riesgos son generados por la poca información que las personas tienen sobre el tema. Entonces es complicado que el usuario pueda filtrar e identificar un mensaje o una información dañina que pueda llegar a un posterior riesgo mayor y terminar en un grave perjuicio.

¿A quién debo demandar?
El objetivo de este tipo de maniobras delictivas tiene que ver con un daño hacia las personas y no hacia las empresas. Es por eso que no se debe demandar a las empresas prestadoras de servicios de red, sin perjuicio de que algunas de ellas tienen sus propios mecanismos de seguridad, los cuales en la práctica no son suficientes.

Consejos claros y autorizados
El Doctor Monasterky brinda sus recomendaciones al respecto, para que la gente se pueda evitar un gran dolor de monitor, perdón, cabeza.

¿Se está haciendo algo al respecto?
La intención de la Justicia es que estos delitos sean tenidos en cuenta como tales, e incorporados urgentemente a la ley de delitos informáticos.

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