A un paso del juicio oral

A un paso del juicio oral

En una contundente resolución que se conoció hoy, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Buenos Aires dispuso el rechazo por inadmisible del Recurso interpuesto por el Padre Grassi contra el sistema judicial bonaerense.

El cura Julio Grassi planteó una insólita recusación sin causa contra todo el sistema judicial bonaerense que incluía la tacha de cualquier Juez que hipotéticamente pudiera intervenir en su juzgamiento. La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Bs.As., en voto unánime, indicó en su rechazo a la presentación de Grassi que la misma contenía un profundo e injustificado ´sentido discriminatorio en contra de la Justicia, y efectuada desde una plataforma meramente especulativa´ y que ´No se advierte vulneración que derive del sometimiento del acusado a un proceso en el que conocerá un Tribunal en lo Criminal integrado por Jueces designados de acuerdo con la Constitución de la Provincia de Buenos Aires´ , reafirmando lo anteriormente decidido por la Cámara de Casación, respecto a que ´el pronunciamiento que se impugna no está entre los previstos como pasible de nuevo recurso´ y reclamando ser juzgado por los que considera sus pares´, entre los que el sacerdote propone al abogado Pierri, al empresario periodístico Julio Ramos y al animador televisivo Raúl Portal. ´El planteo genérico de recusación a la totalidad de los magistrados técnicos que hipotéticamente pudieran intervenir, resulta inadmisible, y está demostrando la propia falta de interés del recurrente´. Se agrega en el fallo y se resuelve: ´Desestimar los Recursos Extraordinarios de Nulidad, Inconstitucionalidad de Ley e Inaplicabilidad de ley interpuestos´. Grassi había anticipado en su presentación del 9 de diciembre de 2003 que no se sometería a la Justicia argentina. Con el patrocinio del abogado Jorge Sandro, el cura refirió ser víctima de un abuso de poder, y culpó a los fiscales, a la prensa y a la opinión pública por su situación. Indicando que en este contexto no hay posibilidad de que pueda contar con un tribunal imparcial. Por ello, expresó que no se sometería a la Justicia (a la que denomina ´corporación judicial´), ´ofreciendo como única alternativa para ser juzgado (desde luego fuera del sistema judicial argentino), la integración de un ´jurado popular´ que él mismo elegiría, para asegurar su independencia e imparcialidad. Lo resuelto ahora por la Suprema Corte Provincial coloca a Grassi a sólo un paso del Juicio Oral, en el que puede ser condenado a veinticinco (25) años de prisión efectiva. Abrumado por las demoledoras evidencias en su contra y a un paso del juicio oral, Grassi -quien ha venido oponiéndose sistemáticamente a las pericias psicológicas y psiquiátricas ordenadas en su persona por la Justicia-, buscaba con esta insólita presentación postergar el comienzo del juicio oral por los actos de pedofilia que se le enrostran en perjuicio de los menores conocidos como ´Gabriel´ y ´Ezequiel´, que podrían conducirlo a una condena de veinticinco años de prisión efectiva, en orden a los delitos de abuso deshonesto, corrupción de menores agravada por su condición de sacerdote y amenazas coactivas en perjuicio de los citados menores. Grassi deberá afrontar la audiencia preliminar para el debate oral que celebrará el Tribunal de Juicio y someterse a las pericias psicológicas y psiquiátricas a las que se rehúsa. O sustraerse definitivamente del proceso, con las consecuencias que ello pudiera acarrearle, incluso su detención. ´La estrategia del acusado de dilatar el comienzo del juicio oral con plena conciencia de la sinrazón constituye un escándalo jurídico. Grassi y sus defensores conocían que su audaz planteo carecía de todo fundamento y seriedad. Y su objeto entonces no podía ser otro que el de obtener mayores dilaciones y demoras en el proceso inexorable que lo conduce al Juicio oral´, sostuvo al ser consultado el Dr. Juan Pablo Gallego, abogado de los menores víctimas de los hechos de pedofilia enrostrados a Grassi. ´Lamentablemente, estas dilaciones y actitudes antifuncionales ya no sólo redundan en perjuicio de la integridad psicofísica de los menores víctimas, sino ya en perjuicio del propio servicio de administración de justicia. Toda vez que con estos planteos meramente dilatorios se obliga al Estado y al Poder Judicial a emplear recursos económicos, humanos y de tiempo que bien podrían dedicarse a situaciones críticas y urgentes que así lo ameriten´, agregó Gallego. Foto: Diario Clarín.

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